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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 183, viernes 26 de septiembre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4029

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2025, de la viceconsejera de Administración y Servicios, de corrección de errores en la resolución de concesión de subvenciones, detectados en los importes correspondientes al centro CPEIPS Patronato Santa Eulalia HLBHIP de Santurtzi, expediente 52 y año plurianual 2025, en el sumatorio de los importes de Bizkaia en todos los años plurianual 2024-2032, y en los totales sumatorio de los tres territorios en todos los años plurianual 2024-2032, de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la viceconsejera de Administración y Servicios, por la que se da publicidad a la concesión de subvenciones para la financiación de inversiones en centros educativos de la red concertada cuya titularidad revista la forma de cooperativa o fundación en aplicación de la Orden de 10 de septiembre de 2024, de la consejera de Educación (Hezkoop-2024).

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en idénticos términos que el artículo 105.2 de la derogada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la viceconsejera de Administración y Servicios, por la que se da publicidad a la concesión de subvenciones para la financiación de inversiones en centros educativos de la red concertada cuya titularidad revista la forma de cooperativa o fundación, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 73, de 15 de abril de 2025, se procede a su corrección.

Dicha Resolución incorpora un anexo, admitidos y excluidos, en el que se indican los importes de las subvenciones aprobadas para cada centro de los tres territorios y, distribuido por anualidades, que abarcan los años 2024-2032.

Revisado este anexo, se constata la existencia de errores materiales o de hecho que deben ser rectificados.

En su virtud, vista la normativa citada y demás de general y concordante aplicación, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO:

Primero.– Corregir los errores materiales o de hecho detectados en el anexo de la Resolución.

El importe de la subvención aprobada concedida, para el año plurianual 2025 y para el mencionado centro, no es correcto,

Donde dice:

«54.050,77 €».

Debe decir:

«54.040,77 €».

Segundo.– El importe total en el sumatorio de las subvenciones aprobadas concedidas para Bizkaia, para los años 2024-2032, no es correcto,

Donde dice:

(Véase el .PDF)

Debe decir:

(Véase el .PDF)

Tercero.– El importe total en el sumatorio de las subvenciones aprobadas concedidas para los tres territorios, para los años 2024-2032, no es correcto,

Donde dice:

(Véase el .PDF)

Debe decir:

(Véase el .PDF)

Cuarto.– Sustituir estos importes erróneos.

La presente Corrección de errores surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de septiembre de 2025.

La viceconsejera de Administración y Servicios,

BLANCA MARÍA GUERRERO OCEJO.


Análisis documental