
N.º 183, viernes 26 de septiembre de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
4027
ORDEN de 15 de septiembre de 2025, de la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se declara la pérdida de la condición de deportista de alto nivel.
El Decreto 203/2010, de 20 de julio, del Deporte Alto Nivel (vigente en lo que no se oponga a la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y el deporte del País Vasco), establece, en el apartado 1.º, letra b), del artículo 11 que la condición de deportista, técnico o técnica, y juez o jueza de alto nivel se pierde por la desaparición sobrevenida de alguno de los requisitos establecidos en dicha disposición normativa para el otorgamiento de la misma, entre la que se encuentra no seguir ostentado la condición política de vasco o vasca.
En el apartado 2.º del artículo 11 del citado Decreto 203/2010, de 20 de julio, señala que la pérdida de la condición de deportista, técnico, técnica, jueza o juez de alto nivel requiere de un expediente administrativo y resolución motivada. Dicho expediente debe ser tramitado de forma contradictoria, dando audiencia a la persona interesada con anterioridad a la propuesta de resolución. El expediente debe ser resuelto mediante Orden de la consejera o del consejero competente en materia de deporte, del Gobierno Vasco, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco y notificado a la persona interesada.
Por parte de la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel se ha procedido a dar trámite de audiencia a Adrian Miramón Quiroga para que por su parte se pudiese llegar a acreditar la real y efectiva residencia habitual en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, más allá de disponer de un certificado de empadronamiento. Adrian Miramón Quiroga ha podido informar y aportar a la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel cuanto ha considerado oportuno para poder llegar a acreditar su lugar de residencia habitual.
En base a la información obtenida, y dado que no se ha obtenido respuesta a los tres requerimientos realilzados en las diferentes direcciones postales y electrónicas facilitadas por Adrian Miramón Quiroga, desde la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel se ha propuesto a la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco la pérdida de la condición de deportista de alto nivel del citado deportista. Más allá de que Adrian Miramón Quiroga se encuentre en posesión de un certificado de empadronamiento en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el citado deportista no ha acreditado –de forma real y efectiva– la residencia en dicho territorio en los términos que resultasen acordes con la legislación administrativa que regula la vecindad administrativa.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– A la vista de la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, declarar la pérdida de la condición de deportista de alto nivel de Adrian Miramón Quiroga.
Segundo.– La pérdida de la condición producirá efectos desde la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y su notificación al interesado.
Tercero.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Cuarto.– Publíquese en el Boletín Oficial del País Vasco, para su general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2025.
La vicepresidenta primera del Gobierno y consejera de Cultura y Política Lingüística,
IBONE BENGOETXEA OTAOLEA.
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