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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 180, martes 23 de septiembre de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
3978

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2025, de la directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el Proyecto constructivo de pasarela peatonal sobre la línea Bilbao-Donostia para la conexión de la calle Toletxe y el parque de Urruzuno en Elgoibar.

El ayuntamiento de Elgoibar inició en 2023 y ha finalizado en 2024 los trabajos para la creación de un espacio lúdico y recreativo entre las vías de la línea Bilbao-Donostia y la AP8, a su paso por la zona de Urruzuno. Con el fin de dotar a este espacio de una mayor permeabilidad con respecto a la línea ferroviaria, se solicita proyectar una pasarela peatonal que conecte la calle Toletxe con el parque de Urruzuno mediante una solución accesible de ascensor apto para bicicletas, además de integrarse de manera adecuada en el entorno mediante el uso de formas respetuosas, materiales sostenibles y, a la vez, minimicen las actuaciones de mantenimiento sobre la misma.

Si bien ETS ha definido propuestas para el desdoblamiento de vía en la zona, en la zona objeto el trazado es coincidente en planta y alzado, debiendo la pasarela proyectada respetar y contemplar el gálibo necesario tanto para la situación definitiva como la ejecución futura de dichas obras y su mantenimiento, integrando en el diseño de la pasarela los aspectos que afecten y puedan minorar su impacto (muros sostenimiento talud, soportes catenaria, etc.).

El área de actuación se inserta en el extremo noreste del municipio, en el barrio de San Pedro, próximo al polígono de servicios que se inserta en el meandro del rio Deba. A lo largo del meandro se localizan zonas verdes peatonales que, junto a los viales de acceso a la zona comercial, dibujan un recorrido circular a través de zonas verdes. El parque Urruzuno se inserta en dicho recorrido, siendo necesaria la infraestructura propuesta para hacer efectiva la conexión del parque y la calle Toletxe.

La solución adoptada corresponde a una pasarela con ascensor y escalera en la calle Toletxe y un pequeño embarque en el Parque de Urruzuno. La pasarela y la escalera están soportadas por una única viga cajón lateral de acero, que se dispone en el lado Bilbao en la pasarela y en el lado río en la escalera. La viga metálica se apoya en cinco puntos: los dos estribos y los pilares del núcleo de ascensor.

La pasarela presenta un ancho variable de 3 metros en Urruzuno a 6 metros en la conexión con el ascensor y la escalera, para permitir un desembarco desahogado de ambas en el dintel. La escalera presenta un ancho de 2,5 m.

La estructura metálica se apoya en un estribo en el parque de Urruzuno, un recinto rectangular junto al ascensor y un estribo en L en el desembarco de la escalera en la calle Toletxe. Todos estos elementos son de hormigón armado y se cimentan en roca mediante micropilotes.

La escalera presenta 7 tramos de peldaños separados por sendos rellanos. Cinco de los tramos se sitúan en la parte volada y los dos últimos en un muro en el que se apoya la estructura metálica. El trazado de la escalera es rectilíneo sin recovecos ni puntos ciegos y su altura mínima sobre la calle Toletxe es de 3,5 metros, no interrumpiendo el paso inferior.

En la calle Toletxe se elimina la terraza existente y se crea una nueva zona urbana a cota de la calle. Ello hace necesario la realización de un muro en «L», de aproximadamente 45 metros de longitud y 4 m de altura vista que discurre paralelo al ferrocarril. En este muro se insertan la cimentación del ascensor y el estribo de la escalera. Además, se ejecutan dos muros secundarios correspondientes a la escalera de acceso a la terraza de la sociedad gastronómica y la ubicación de un aseo autolimpiable. La construcción del muro paralelo al ferrocarril hace necesaria la ejecución de una pantalla de micropilotes estabilizada con micropilotes inclinados a modo de anclaje pasivo.

La conexión con el parque de Urruzuno se realiza desviando el camino sendero actual, con una curva suave que bordea la superficie dedicada al uso de la práctica de la calistenia, con un desnivel entre el camino y la misma de 35cm, que se resuelve con una pendiente ajardinada, sin muretes. El camino modificado accede a la plazoleta de entrada a las huertas, desviado ligeramente al Este. Esto permite que cuando se llegue por la pasarela al parque, si la persona quiere acceder a las huertas pueda entrar en la plazoleta a través de 3 o 4 gradas, que se van ajustando al desnivel variable del camino. La pendiente del desembarco es ligeramente inferior al 6 % a lo largo de la conexión con la pasarela y del 2 % en la conexión con la entrada a las huertas.

La urbanización incluye la integración de un aseo autolimpiable en el espacio entre la torre de ascensor y escalera de acceso a terraza de sociedad gastronómica. Los planos inclinados que esconden el aseo autolimpiable (se construye un cajón de hormigón para albergar el contenedor de aseo) se formalizan mediante rellenos de tierra.

La pasarela se ubica oblicuamente sobre la línea de ferrocarril Bilbao-San Sebastián con una luz de aproximadamente 31 metros y conecta la calle Toletexe con el parque Urruzuno. Debido al desnivel entre el parque (cota 48,90) y la calle (cota 37), así como la necesidad de salvar la línea ferroviaria con un gálibo superior a 6 metros, es necesario disponer un ascensor y una escalera que salven el desnivel.

El Proyecto tiene un presupuesto base de licitación con IVA de dos millones trescientos setenta y seis mil setecientos ochenta y ocho euros con veinticinco céntimos (2.376.788,25 euros), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de un millón novecientos sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta y un euros con setenta y nueve céntimos (1.964.741,79 euros).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de quince (15) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la aprobación de los proyectos de la red ferroviaria vasca, según lo dispuesto en el artículo 11.2.b) del Decreto 382/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Movilidad Sostenible.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el «Proyecto constructivo de pasarela peatonal sobre la línea Bilbao-Donostia para la conexión de la calle Toletxe y el parque de Urruzuno en Elgoibar» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de dos millones trescientos setenta y seis mil setecientos ochenta y ocho euros con veinticinco céntimos (2.376.788,25 euros), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de quince (15) meses.

Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de septiembre de 2025.

La directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental