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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 159, lunes 25 de agosto de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
3646

RESOLUCIÓN 1307/2025, de 22 de julio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 1190/2025, de 4 de julio, por la que se procede a la publicación del nombramiento como personal estatutario fijo de las personas adjudicatarias por el turno libre OPE 2020-2021-2022, en la categoría de técnico/a especialista radiodiagnóstico con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante Resolución 1190/2025, de 4 de julio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procede a la publicación del nombramiento como personal estatutario fijo de las personas adjudicatarias por el turno libre OPE 2020-2021-2022, en la categoría de técnico/a especialista de radiodiagnóstico con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que: «Los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango».

Advertido un error de dicha índole en la citadas Resolución, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 14 de julio de 2025, se procede a su corrección, de forma que:

En el anexo: Oferta Pública de empleo de Osakidetza 2020-2021-2022 relación de personas adjudicatarias de destino técnico/a especialista de radiodiagnóstico turno libre bloque concurso oposición,

donde dice:

(Véase el .PDF)

debe decir:

(Véase el .PDF)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se mantiene la validez de los actos y trámites que no resulten afectados por la corrección introducida por la presente Resolución.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Se ordena la publicación de la presente Resolución 1307/2025, de 22 de julio, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de julio de 2025.

La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

SUSANA LÓPEZ ALTUNA.


Análisis documental