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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 158, viernes 22 de agosto de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

SPRI-AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
3638

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2025, de la directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se procede a la corrección de errores la Resolución de 1 de marzo de 2024, por la que se procede a la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Beint Becas de Internacionalización» 2024.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Se han advertido errores de dicha índole en el texto de la Resolución de la directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, de 1 de marzo de 2024, por la que se procede a la aprobación, publicación y convocatoria de las Bases Reguladoras del Programa de Ayudas «Beint Becas de Internacionalización» para el ejercicio 2024 y se ordena su publicación, publicación que fue realizada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 56, de 18 de marzo de 2024.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Proceder a la corrección de la Resolución de 1 de marzo de 2024, de la directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se procede a la aprobación, publicación y convocatoria de las Bases Reguladoras del Programa de Ayudas «Beint Becas de Internacionalización» para el ejercicio 2024, recogido en la página (21) de la publicación n.º 56 del Boletín Oficial del País Vasco, en el siguiente sentido:

«En el Artículo 16.– Pérdida de la condición de becario o becaria y reintegro», apartado «g)».

Donde dice

g) Para los becarios y becarias de Modalidad A, el no haber obtenido un acuerdo con una empresa u organismo para la realización de la Fase 3 antes del 15 de octubre de 2025 en cuyo caso la beca finalizaría el 31 de diciembre.

Debe decir:

g) Para los becarios y becarias de Modalidad A, el no haber obtenido un acuerdo con una empresa u organismo para la realización de la Fase 3 antes del 15 de noviembre de 2025 en cuyo caso la beca finalizaría el 31 de diciembre.

En Bilbao, a 29 de julio de 2025.

La directora de Internacionalización de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial,

NAGORE BONILLA GABARAIN.


Análisis documental