
N.º 155, martes 19 de agosto de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
3590
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2025, de la directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se anuncia el depósito de la documentación de modificación de los estatutos de la Federación Empresarial Federación de Comercializadores de Pescado de Euskadi y se da publicidad del mismo (Código de Depósito 76/0/00146).
Visto el expediente incoado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales, sobre depósito de la documentación relativa a la modificación de los Estatutos de la Federación Empresarial Federación de Comercializadores de Pescado de Euskadi presentado por Asoc de Comercializadores de Pescados de Ondarroa, se ha dictado la siguiente resolución en base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– En fecha 11 de junio de 2025 se ha presentado la documentación por la que se solicita el depósito de la documentación relativa a la modificación y de los Estatutos de la Federación Empresarial Federación de Comercializadores de Pescado de Euskadi.
Segundo.– La documentación presentada es conforme a lo establecido en el Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Tercero.– Su ámbito de actuación territorial, es Comunidad Autónoma del País Vasco y su ámbito funcional el establecido en sus estatutos.
A los hechos relacionados les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– La competencia para formalizar el depósito de Estatutos de Asociaciones Sindicales y Empresariales viene atribuida a este órgano por el artículo 13.m del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
Segundo.– La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento administrativo es la recogida en la Ley 19/1977, de 1 de abril, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Tercero.– Analizada la documentación presentada a depósito se constata su adecuación a derecho y, en consecuencia, procede la admisión a depósito de la documentación relativa al Acta de modificación y de los Estatutos de la Federación Empresarial Federación de Comercializadores de Pescado de Euskadi, así como dar publicidad a este hecho.
Vistos los fundamentos mencionados y las demás disposiciones de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar el depósito de la documentación correspondiente a la modificación de la Federación Empresarial Federación de Comercializadores de Pescado de Euskadi, y de los Estatutos de la organización.
Segundo.– Ordenar la publicación del dicho depósito en el BOPV, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Tercero.– La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha en que se ha dictado.
Cuarto.– Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, (BOE de 11 de octubre de 2011).
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de julio de 2025.
La directora de Trabajo y Seguridad Social,
MARÍA VICTORIA PORTUGAL LLORENTE.
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