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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 155, martes 19 de agosto de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
3587

ORDEN de 30 de julio de 2025, de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se convoca concurso específico para la cobertura de puestos singularizados como consecuencia de la implantación de las Oficinas judiciales de los Tribunales de Instancia, las Oficinas Generales de Registro Civil y las Oficinas de Justicia en el municipio y sus agrupaciones, de los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irun y Tolosa.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE núm. 3, de 3 de enero de 2025), redefine la oficina judicial y establece que su actividad se debe desarrollar a través de servicios comunes. Así mismo configura los registros civiles como unidades no integradas en la oficina judicial pero que se constituye en el ámbito de la organización de la Administración de Justicia para encargarse de la llevanza del servicio público de registro civil. La implantación de la ley conlleva, entre otras medidas, la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de cada oficina judicial, registro civil y oficina de justicia municipal y el consiguiente acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en dichos centros.

De acuerdo con las previsiones contenidas en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 48 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en el proceso de acoplamiento de estos Tribunales de Instancia, la primera fase es la cobertura de puestos singularizados por concurso específico.

Conforme los artículos mencionados y en el ejercicio de las funciones atribuidas en el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos,

RESUELVO:

Primero.– Publicar la convocatoria del concurso específico de méritos para la provisión de puestos singularizados por razón del idioma y/o los puestos de gestor/a responsable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi entre el personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Segundo.– Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el Anexo I de esta orden.

Recursos:

Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Justicia y Derechos Humanos en el plazo de un mes a contar del día siguiente a su publicación en Boletín Oficial del Estado o Boletín Oficial del País Vasco, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de publicación, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución expresa, se entenderá desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en los términos citados anteriormente.

Derecho supletorio aplicable:

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, se aplicará lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 43 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y, con carácter supletorio, lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de julio de 2025.

La consejera de Justicia y Derechos Humanos,

MARÍA JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.

ANEXO I
BASES

Primera.– Objeto del presente concurso. Puestos de trabajo ofertados.

Es objeto del presente concurso la provisión de puestos singularizados por razón del idioma para los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa; Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, y/o puestos de Gestor/a responsable del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

Los puestos a proveer mediante el presente concurso son los que figuran como singularizados en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los Tribunales de Instancia, las oficinas generales de registro civil y las oficinas de justicia en el municipio y sus agrupaciones, de los partidos judiciales de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irún y Tolosa. Esto es:

– Puestos singularizados con perfil lingüístico preceptivo incluyendo los puestos de Gestor/a responsable con perfil lingüístico.

– Puestos de gestor/a responsable sin perfil lingüístico.

Segunda.– Requisitos de participación.

1.– Pueden participar en exclusiva y por una sola vez el personal funcionario de carrera del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y del cuerpo de Auxilio Judicial en situación de servicio activo con destino definitivo en el municipio o con reserva de puesto de trabajo de las oficinas judiciales, oficinas generales de registro civil y oficinas de justicia en el municipio y agrupaciones, de los Tribunales de Instancia de Amurrio, Azpeitia, Balmaseda, Bergara, Durango, Gernika-Lumo, Getxo, Irún y Tolosa, siempre que reúnan las condiciones y requisitos de esta convocatoria en la fecha en la que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y los mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.

2.– Las personas participantes que opten a un puesto singularizado por razón de idioma incluido el de Gestor/a responsable con perfil lingüístico preceptivo, deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el perfil lingüístico acreditado de euskera, de acuerdo con lo que determine la relación de puestos de trabajo.

3.– Las personas participantes que opten a un puesto de Gestor/a responsable deberán pertenecer, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

4.– No puede participar, al tratarse de un proceso de acoplamiento:

– El personal en situación de excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo.

– El suspenso en firme mientras dure la suspensión.

– El sancionado con traslado forzoso para un destino en la misma localidad en la cual se le impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

5.– En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.

6.– El proceso de acoplamiento se circunscribe al municipio de destino por lo que deberá concursarse en el municipio de destino y únicamente en el mismo.

Tercera.– Solicitudes y plazo de presentación.

1.– El personal que desee tomar parte en esta convocatoria deberá realizar por medios electrónicos los siguientes trámites:

a) La presentación de la solicitud para tomar parte en el presente concurso.

b) La alegación de los méritos.

c) Y, en su caso, la presentación de la documentación acreditativa de los méritos alegados salvo la acreditación de la situación administrativa, la antigüedad en el cuerpo, los servicios prestados en puestos de gestor/a responsable en la Comunidad Autónoma de Euskadi y el conocimiento del euskera, que serán comprobados de oficio.

2.– Para realizar estos trámites el personal funcionario participante deberá utilizar los certificados de firma electrónica admitidos por el Gobierno Vasco, siendo estos los que se recogen en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ y, entre ellos:

a) Los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ.

b) Los certificados (de persona física) de firma electrónica en formato software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

c) DNI electrónico.

3.– Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, así como para la alegación y acreditación de los méritos y para la elección de destinos, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en https://www.euskadi.eus/concurso_especifico/proceso_acoplamiento/web01-tramite/es

4.– La presentación tanto de la solicitud como de cualquier otro documento relacionado con la convocatoria por cualquier otro medio se tendrá por no presentado.

5.– Las actuaciones que se deriven de la convocatoria se publicarán en el portal del personal de justicia EIZU y en euskadi.eus, sin perjuicio de su publicación en otros medios de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases. Para el acceso, tramitación y seguimiento de cada expediente, las personas interesadas deberán acceder al apartado «Mi Carpeta» https://www.euskadi.eus/micarpeta

6.– El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 5 de septiembre de 2025, sin perjuicio de la publicación anterior de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado.

7.– Cada participante podrá solicitar por orden de preferencia los puestos de trabajo ofertados en el municipio en el que tiene destino definitivo, y siempre que reúna los requisitos exigidos.

8.– Si la persona interesada desea modificar o anular la solicitud presentada, podrá hacerlo hasta el momento de finalización del plazo. Para ello deberá presentar una nueva solicitud. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada persona participante, por lo que solo se tendrá en cuenta el contenido de la última solicitud presentada dentro del plazo.

9.– La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Cuarta.– Fases del concurso.

El presente concurso consta de dos fases.

1.– En la primera se procederá a comprobar y valorar los méritos generales de antigüedad en el cuerpo y el perfil lingüístico.

2.– La segunda fase consistirá en la valoración de méritos específicos para valorar aptitudes concretas para el puesto a solicitar.

Quinta.– Méritos.

1.– Méritos para puestos singularizados con perfil lingüístico preceptivo:

1.1.– Méritos generales.

a) Antigüedad en el cuerpo.

b) Acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño del puesto.

1.2.– Méritos específicos.

Haber desempeñado un puesto singularizado con perfil lingüístico preceptivo con las mismas funciones y tareas y, en su caso, misma jurisdicción y/o especialización, al que se opte, conforme se indica a continuación:

– Las personas de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Auxilio Judicial que hayan desempeñado funciones en el servicio común general, se valorará su experiencia para un puesto de destino en el servicio común general.

– Al personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Auxilio Judicial que hayan desempeñado su función en las unidades de apoyo directo o el servicio común de ejecución se valorará su experiencia para un puesto en el servicio común de tramitación.

– Al personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Auxilio Judicial que hayan desempeñado sus funciones y tareas en registro civil se valorará su experiencia para formar parte del registro civil.

– Al personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Auxilio Judicial que hayan desempeñado sus funciones y tareas en el juzgado de paz se valorará su experiencia para formar parte de las oficinas de justicia municipal.

2.– Méritos para puestos de Gestor/a responsable con perfil lingüístico preceptivo:

2.1.– Méritos generales.

a) Antigüedad en el cuerpo.

b) Acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño del puesto.

2.2.Méritos específicos.

a) La acreditación de la Licenciatura o Grado de Derecho.

b) Acreditación de otras licenciaturas o grados.

c) Haber desempeñado un puesto de Gestor/a Procesal y Administrativo con las mismas funciones y tareas y, en su caso, misma jurisdicción y/o especialización, al que se opte conforme se indica a continuación:

– Haber desempeñado funciones y tareas de Gestor/a Procesal y Administrativo en el servicio común general para optar por un puesto de gestor/a Procesal y Administrativo en el servicio común general.

– Haber desempeñado funciones y tareas de Gestor/a Procesal y Administrativo en una unidad de apoyo directo o en el servicio de ejecución para un puesto de gestor/ a Procesal y Administrativo en el servicio común de tramitación.

d) Servicios prestados en puestos de Gestor/a responsable en la Administración de Justicia.

3.– Méritos para puestos de Gestor/a responsable sin perfil lingüístico:

3.1.– Méritos generales.

a) Antigüedad en el cuerpo.

b) Conocimientos de euskera.

3.2.– Méritos específicos.

a) La acreditación de la Licenciatura o Grado de Derecho.

b) Acreditación de otras licenciaturas o grados.

c) Haber desempeñado un puesto de Gestor/a Procesal y Administrativo con las mismas funciones y tareas y, en su caso, misma jurisdicción y/o especialización, al que se opte conforme se indica a continuación:

– Haber desempeñado funciones y tareas de gestor/a Procesal y Administrativo en el servicio común general para optar por un puesto de Gestor/a Procesal y Administrativo en el servicio común general.

– Haber desempeñado funciones y tareas de Gestor/a Procesal y Administrativo en una unidad de apoyo directo o en el servicio de ejecución para un puesto de Gestor/a Procesal y Administrativo en el servicio común de tramitación.

d) Servicios prestados en puestos de Gestor/a responsable en la Administración de Justicia.

Sexta.– Baremo.

1.– Baremo para méritos de los puestos singularizados con perfil lingüístico:

1.1.– Méritos genéricos: hasta 72 puntos.

a) Antigüedad en el Cuerpo al que se opte: hasta 60 puntos. Por los servicios efectivos en el cuerpo al que se opte se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0055555 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los años de 360 días.

b) Acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño del puesto. Hasta 12 puntos.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de la citada Comunidad Autónoma, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

– Para los puestos que tengan asignado el perfil lingüístico B2B2:

Acreditar el perfil lingüístico C1C1: 8 puntos.

Acreditar el perfil lingüístico C2C2: 12 puntos.

– Para los puestos que tengan asignado el perfil lingüístico C1C1:

Acreditar el perfil lingüístico C2C2: 12 puntos.

1.2 Méritos específicos hasta 43 puntos.

Haber desempeñado un puesto singularizado con perfil lingüístico preceptivo con las mismas funciones y tareas y en la misma jurisdicción y/o especialización, hasta 43 puntos. Se otorgarán 4 puntos por cada año completo de servicios como funcionario tanto de carrera como interino, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,01111 por día); 0,33 puntos por mes completo. A estos efectos los meses serán de 30 días y los años de 360 días.

2.– Baremo para los puestos de Gestor/a responsable en plazas con perfil lingüístico preceptivo:

2.1.– Méritos generales hasta 72 puntos.

a) Antigüedad en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: hasta 60 puntos. Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0055555 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los años de 360 días.

b) Acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño del puesto. Hasta 12 puntos.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de la citada Comunidad Autónoma, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

– Para estos puestos que tienen asignado el perfil lingüístico C1C1:

Acreditar el perfil lingüístico C2C2: 12 puntos.

2.2.– Méritos específicos: hasta 43 puntos.

a) Haber desempeñado un puesto de Gestor/a Procesal y Administrativa con perfil lingüístico preceptivo con las mismas funciones y tareas y en la misma jurisdicción y/o especialización hasta 10 puntos. Se otorgarán, 2 puntos por cada año completo de servicios como funcionario tanto de carrera como interino, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,00555556 por día); 0,16 puntos por mes completo. A estos efectos los meses serán de 30 días y los años de 360 días.

b) La acreditación de la Licenciatura o Grado de Derecho otorgará 10 puntos.

c) Acreditación de otras licenciaturas o grados: 4 puntos.

d) Servicios prestados en puestos de gestor/a responsable en la Administración de Justicia: hasta 19 puntos. Se otorgarán, 2 puntos por cada año completo de servicios como funcionario de carrera o interino, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,0055555 por día); 0,16 puntos por mes completo. A estos efectos los meses serán de 30 días y los años de 360 días.

3.– Baremo para los puestos de Gestor/a responsable en plazas sin perfil lingüístico.

3.1.– Méritos generales: Hasta 72 puntos.

a) Antigüedad en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: hasta 60 puntos: Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán 2 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,0055555 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y los años de 360 días.

b) Conocimiento de euskera. Hasta 12 puntos.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de desarrollo derivadas de los planes de normalización del euskera que puedan dictarse en el ámbito de la citada Comunidad Autónoma, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

– Acreditar el perfil lingüístico B1B1: 3 puntos

– Acreditar el perfil lingüístico B2B2: 6 puntos.

– Acreditar el perfil lingüístico C1C1: 8 puntos.

– Acreditar el perfil lingüístico C2C2: 12 puntos.

3.2.– Méritos específicos: hasta 43 puntos.

a) Haber desempeñado un puesto en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa con las mismas funciones y tareas y en la misma jurisdicción y/o especialización hasta 10 puntos. Se otorgarán, 2 puntos por cada año completo de servicios como funcionario de carrera o interino, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,00555556 por día); 0,16 puntos por mes completo. A estos efectos los meses serán de 30 días y los años de 360 días.

b) La acreditación de la Licenciatura o Grado de Derecho: 10 puntos.

c) Acreditación de otras licenciaturas o grados: 4 puntos.

d) Servicios prestados en puestos de Gestor/a responsable en la Administración de Justicia: hasta 19 puntos. Se otorgarán, 2 puntos por cada año completo de servicios como funcionario de carrera o interinos, computándose proporcionalmente los periodos inferiores (0,0055555 por día); 0,16 puntos por mes completo. A estos efectos los meses serán de 30 días y los años de 360 días.

Séptima.– Sistemas de acreditación de méritos.

La Dirección de la Administración de Justicia comprobará de oficio la acreditación de la situación administrativa, la antigüedad en el cuerpo, los servicios prestados en puestos de gestor/a responsable en la Comunidad Autónoma de Euskadi y el conocimiento del euskera.

El solicitante deberá adjuntar con la solicitud, los documentos que justifiquen los méritos alegados en su solicitud a salvo de los que procede comprobar de oficio.

Octava – Valoración de las solicitudes.

La evaluación de los méritos corresponde a una Comisión de Valoración compuesta por las personas que se designan a continuación:

– El responsable del servicio de personal de la Dirección de la Administración de Justicia, o persona que le sustituya y que actuará en calidad de presidente.

– Una persona asesora jurídica del servicio de personal de la Dirección de la Administración de Justicia, o persona que le sustituya y que actuará en calidad de secretaria.

– La responsable de servicios generales de la Dirección de la Administración de Justicia, o persona que le sustituya y que actuará en calidad de vocal.

– Una persona del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la administración de justicia o persona que le sustituya y que actuará en calidad de vocal.

– Dos personas representantes de ELA, LAB, CCOO o CSIF o personas que le sustituyan.

Esta comisión de valoración podrá solicitar la participación de los asesores de la consejera del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, que actuarán como expertos, en calidad de asesores, actuando con voz pero sin voto.

Se promoverá una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.

La Dirección de la Administración de Justicia analizará el cumplimiento de los requisitos del personal participante y asistirá a la Comisión en la valoración de los méritos, conforme a los datos que obran en el expediente personal de las personas participantes y a la documentación que estos aporten en el plazo de presentación de solicitudes.

Novena.– Adjudicaciones.

1.– El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la mayor puntuación total obtenida, sumando los resultados finales de las dos fases, tras la valoración de los méritos alegados.

2.– En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al mejor escalafón.

Décima.– Resolución provisional.

1.– La presente convocatoria se resolverá provisionalmente por la directora de la Administración de Justicia y se publicará en euskadi.eus.

2.– La resolución provisional expresará la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.

3.– Contra la resolución provisional cabrá formular alegaciones en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a su publicación.

4.– De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos y de la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.

5.– Los destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.

6.– No podrá renunciarse a los destinos asignados provisionalmente.

Undécima.– Resolución definitiva y tomas de posesión.

1.– A la vista de las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente por Orden de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado.

2.– El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005.

3.– Una vez finalizadas todas las fases del procedimiento de acoplamiento, se dictará resolución por el órgano competente para determinar la fecha de toma de posesión en el nuevo destino.

Duodécima.– Carácter de los destinos adjudicados.

1.– Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Decreto 16/1993 de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

2.– Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquel personal funcionario que hubiera obtenido un puesto de trabajo por este concurso específico podrá renunciar a este si antes de finalizar el plazo de toma de posesión hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el personal, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, el personal funcionario deberá tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.


Análisis documental