
N.º 148, jueves 7 de agosto de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
3457
RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2025, de la directora de Comercio, por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitudes de adhesión a la Red Vasca Merkasaretza, establecida en el Decreto 138/2025, de 1 de julio, por el que se crea la Red Vasca de Puntos de Asistencia Comercial Merkasaretza y se define la Cartera de Servicios de Asistencia Comercial.
Con fecha 17 de julio de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco el Decreto 138/2025, de 1 de julio, por el que se crea la Red Vasca de Puntos de Asistencia Comercial Merkasaretza y se define la Cartera de Servicios de Asistencia Comercial.
Según lo señalado en la disposición adicional del mencionado Decreto, se abre el plazo de presentación de solicitud de adhesión a la Red Vasca Merkasaretza el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco y finaliza un mes después de su publicación.
El Decreto se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el 17 de julio de 2025, y la fecha fin de presentación de solicitudes es el 18 de agosto de 2025.
Entidades interesadas en la adhesión a la Red Vasca de Puntos de Asistencia Comercial Merkasaretza han solicitado la ampliación del plazo de solicitudes, alegando razones justificadas.
De conformidad con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración, salvo precepto en contrario podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO:
Primero.– Ampliar el plazo de presentación solicitud de adhesión a la Red Vasca Merkasaretza, en quince días naturales, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo inicialmente previsto.
En consecuencia, el plazo de presentación de solicitudes, concluirá el 2 de septiembre de 2025.
Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el tablón de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
De conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de julio de 2025.
La directora de Comercio,
IZASKUN GÓMEZ CERMEÑO.
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