
N.º 140, jueves 24 de julio de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
3267
RESOLUCIÓN de 7 de julio 2025, de la directora de Apoyos para la Vida Plena, por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de las Ayudas de Emergencia Social.
El Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico ha elaborado el proyecto de Decreto por el que se aprueba el reglamento de las ayudas de emergencia social, que ha de tramitarse conforme determina la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.
En cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley, el vicelehendakari segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo y la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico dictaron, con fecha 27 de febrero de 2025 la Orden por la que se dio inicio al procedimiento para la elaboración del citado proyecto de decreto.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, los trámites de audiencia e información pública se deben realizarse siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.
A tal efecto, se somete el proyecto de Decreto por el que aprueba el Reglamento de las Ayudas de Emergencia Social al trámite de información pública, por un periodo de 15 días hábiles, a contar desde del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 27 de febrero de 2025, de vicelehendakari segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo y la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico por la que se da inicio al procedimiento para la elaboración del mencionado proyecto de decreto, en relación con el artículo 11.a) y 11 n) del Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
RESUELVO:
Primero.– Someter al trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de las Ayudas de Emergencia Social por un periodo de quince (15) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segundo.– A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones, el contenido del proyecto de decreto estará disponible en la Dirección de Apoyos para la Vida Plena del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (c/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, entreplanta) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/
Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar de manera electrónica en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/ y presencialmente en la Dirección de Apoyos para la Vida Plena del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (c/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, entreplanta), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tendrán que ir dirigidas a la directora de Apoyos para la Vida Plena.
En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2025.
La directora de Apoyos para la Vida Plena,
MARÍA ANTONIA OLABARRIETA IBARRONDO.
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