
N.º 127, lunes 7 de julio de 2025
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DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO
3022
EDICTO dimanante del recurso contencioso-administrativo n.º 71/2025, por el que se hace pública la sentencia que declara nula la Orden de 16 de junio de 2022, del consejero de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Demandante: Confederación Sindical de CCOO de Euskadi.
Abogada: Rebeca Jimenez Nieto.
Procuradora: Marta Arruza Doueil.
Demandado: Gobierno Vasco.
Abogado: Servicio Jurídico Central del Gobierno Vasco.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 0000071/2025, promovido por Confederacion Sindical de CCOO de Euskadi, contra:
Orden de 16-06-2022 del Departamento de Educación. Publicado en el BOPV n.º 122 de 24-06-2022 por la que se regula el procedimiento de adjudicación de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas.
De la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Se ha dictado sentencia el 27 de marzo de 2025, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora de los tribunales Dña. Marta Arruza Doueil, en nombre y representación de la Confederación Sindical de CCOO de Euskadi, contra la orden, de dieciséis de junio de 2022, del consejero de educación, por la que se reguló el procedimiento de adjudicación de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la comunidad autónoma:
1.– Anulamos, por no ser conforme a derecho, la orden impugnada.
2.– Imponemos las costas causadas en la tramitación del procedimiento a la administración demandada, si bien limitadas, por todos los conceptos, a dos mil quinientos (2.500) euros (IVA excluido).
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Bilbao, a 6 de junio de 2025.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
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