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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 126, viernes 4 de julio de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
3014

RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2025, del viceconsejero de Justicia, por la que se convoca la concesión del premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria para el ejercicio 2025.

El Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el 30 de mayo de 2023 (n.º 101) crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria.

La finalidad del Premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» es reconocer públicamente y premiar a aquellas personas o colectivos que, con su trayectoria personal o profesional, presenten méritos extraordinarios en materia de la defensa de los derechos humanos y las tareas de reinserción y resocialización en el ámbito penitenciario, así como fomentar la investigación multidisciplinar penitenciaria.

La denominación del Premio se realiza en recuerdo de D. Francisco Javier Gómez Elosegui, psicólogo de instituciones penitenciarias que destacó en su vida profesional en su empeño por la humanización de las prisiones y la reinserción y el respeto escrupuloso de los derechos humanos de todas las personas reclusas y que fue asesinado por ETA el 11 de marzo de 1997.

La concesión del presente premio se contempla en la Orden de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones del Departamento de Justicia y Derechos Humanos para el periodo 2025-2028.

Asimismo, la dotación presupuestaria se corresponde con la partida 16 1413 13 451 22/1236 bajo al concepto «Espetxeen arloko ibilbide eta ikerketaren saria. / Premio a la trayectoria e investigación en materia penitenciaria», recogida en la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025.

La convocatoria anual del premio se realiza mediante Resolución de la Viceconsejería de Justicia, tal y como determina el Decreto 68/2023 ya mencionado. El Decreto 68/2023, goza de un régimen jurídico propio, diferente al aplicable al de subvenciones por cuanto la propia Ley 20/2023, de 21 de diciembre de 2023 excluye este tipo de convocatorias –aquellas que se otorgan sin solicitud de la persona beneficiaria– del concepto de subvención.

Por todo lo cual,

RESUELVO:

Artículo único.– Realizar la convocatoria, para el año 2025, del «Premio Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Las referencias que se hacen en el Decreto 68/2023 al Título VI y al Capítulo III, del Título VII, del texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, se entenderán sustituidas, por estar derogado, por los preceptos que correspondan de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Justicia y Derechos Humanos, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de junio de 2025.

El viceconsejero de Justicia,

ALFONSO GÓMEZ FERNÁNDEZ.

ANEXO I
CONVOCATORIA DEL PREMIO «FRANCISCO JAVIER GÓMEZ ELÓSEGUI» PARA EL AÑO 2025

Primero.– Es objeto de la presente Orden la convocatoria para el ejercicio 2025 de la concesión del Premio «Francisco Javier Gomez Elosegui» para reconocer públicamente la actuación destacada en materia de la defensa de los derechos humanos y de las tareas de reinserción y resocialización en el ámbito penitenciario, previsto en el Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, por el que se crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria.

Segundo.– El Premio consistirá en una distinción honorífica, un reconocimiento público y una cantidad dineraria, que se abonará en un único abono, tras la concesión del Premio. La dotación del Premio es de 10.000 euros. Si el jurado concediera el Premio «ex aequo» a varias candidaturas el importe se prorrateará proporcionalmente entre ellas. El premiado podrá renunciar a la dotación económica del premio, sin perjuicio de mantener su aceptación a la distinción honorífica y reconocimiento público.

Tercero.– Las candidaturas podrán ser presentadas por las personas y entidades a las que se refiere el Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, por el que se crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui», y deberán dirigirse a la Dirección de Justicia del Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, por cualquiera de los medios especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas jurídicas interesadas en presentar candidaturas deberán consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos. Las personas físicas interesadas en presentar candidaturas podrán emplear el canal presencial o electrónico. La utilización de cualquiera de estos canales no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.

La candidatura se cumplimentará en el impreso normalizado, conforme al modelo que se recoge en el anexo a la presente Resolución, y que estará disponible en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las especificaciones sobre cómo presentar las candidaturas, están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus:

https://www.euskadi.eus/servicios/1223603

https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1223603

Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de http://www.euskadi.eus/mi-carpeta

Cuarto.– El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Quinto.– La composición del Jurado es la siguiente:

a) Presidencia: la persona titular de Viceconsejería competente en materia de ejecución de la legislación penitenciaria.

b) Vocalías:

– D. José Luis de la Cuesta Arzamendi. Catedrático de Derecho penal y director del Instituto Vasco de Criminología de la Universidad del País Vasco (EHU).

– Dña. Ruth Alonso, Magistrada Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

– Dña. Marian Moreno, psicóloga del Centro Penitenciario de Gipuzkoa.

– D. Jon Mirena Landa Gorostiza, Catedrático de Derecho Penal y director de la Cátedra UNESCO de Derechos Humanos y Poderes Públicos de la Universidad del País Vasco (EHU).

c) Secretaría: el director de Justicia, con voz, pero sin voto.

(Véase el .PDF)

Análisis documental