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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 114, miércoles 18 de junio de 2025


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DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
2728

ANUNCIO de enajenación mediante subasta pública.

En los procedimientos de apremio números 2022EXP37023474, 2023EXP37006938 y 2023EXP37006939 seguidos en el Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, por la directora de Política Financiera y Previsión Social ha sido acordado la subasta pública de las acciones y participaciones sociales embargadas a los deudores, debiendo observarse las prescripciones establecidas en los artículos 97 y 98 del Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco, artículos 101 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación y 109 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, con arreglo a las siguientes condiciones.

1.– Procedimiento electrónico de la subasta a través del portal de subastas del Boletín Oficial del Estado.

El órgano de recaudación ante el que se sigue el procedimiento de subasta es la Recaudación Ejecutiva del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco (recaudacion.dirubilketa@gtt.es) que se llevará a cabo mediante procedimiento electrónico a través del Portal de subastas del Boletín Oficial del Estado (https://subastas.boe.es/).

2.– Bienes objeto de enajenación. Lotes, tipo de subasta, puja mínima.

Los bienes objeto de enajenación, integrados por lotes, tipo de subasta para cada uno de ellos, y puja mínima para la licitación son los siguientes.

Lote número uno.

10.000 participaciones sociales de la mercantil Urko 2000, S.L., las numeradas correlativamente del 1 a la 10000, ambas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 25 % del capital social de la Sociedad.

Urko 2000, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, con CIF B95036489 y domicilio social en Abadiño –Bizkaia–, Lebario, número 14 y su capital está dividido en 40.000 participaciones sociales con un valor total de 702.055,61euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de socios, cargas o gravámenes preferentes.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 175.513,90 euros.

Tipo para la subasta: 175.513,90 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 17.551,39 euros.

Lote número dos.

393.367 participaciones sociales de la mercantil Promociones Cesilur, S.L., las numeradas correlativamente de la 1 a la 274561, ambas inclusive, de la 440815 a la 452360, ambas inclusive, de la 527854 a la 606575 ambas inclusive, y de la 680630 a 709077 ambas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 49,60 % del capital social de la Sociedad.

Promociones Cesilur, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF B20602280 y domicilio social en avenida Otaola Hiribidea 22 20600 Eibar – Gipuzkoa y su capital está dividido en 793041 participaciones sociales con un valor neto contable total de 6.973.643,33 euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de socios, cargas o gravámenes preferentes sobre las participaciones sociales embargadas.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 3.458.927,09 euros.

Tipo para la subasta: 3.458.927,09 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 345.892,71 euros.

Lote número tres.

58.134 participaciones sociales de la mercantil Comercial Anayak, S.L., las numeradas correlativamente de la 9087 a la 11500, ambas inclusive, de la 28908 a la 32500, ambas inclusive, de la 32571 a la 32601 ambas inclusive, de la 56301 a la 66350 ambas inclusive, de la 76401 a la 83100 ambas inclusive, de la 96501 a la 98304 ambas inclusive, de la 116141 a la 132171 ambas inclusive, de la 176367 a la 178136 ambas inclusive y de la 207836 a 223576 ambas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 26 % del capital social de la Sociedad.

Comercial Anayak, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF B20039020 y domicilio social en Avenida Otaola n.º 22 bajo, Eibar – Gipuzkoa, y su capital está dividido en 223576 participaciones sociales con un valor neto contable total de 4.778.839,55 euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de socios, cargas o gravámenes preferentes sobre las participaciones sociales embargadas.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 1.242.498,28 euros.

Tipo para la subasta: 1.242.498,28 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 124.249,83 euros.

Lote número cuatro.

10.500 acciones nominativas de la mercantil Inmobiliaria Suba, S.A., las numeradas correlativamente de la 31501 a la 37800, ambas inclusive, y de la 42001 a la 46200, ambas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas, representativas del 16,67 % del capital social de la Sociedad.

Inmobiliaria Suba, S.A., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF A20096681, y domicilio social en San Juan, 11 bis. 20600 Eibar – Gipuzkoa, y su capital está dividido en 63000 acciones nominativas con un valor neto contable total de 3.147.783,26 euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de acciones, cargas o gravámenes preferentes sobre las participaciones sociales embargadas.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 524.735,47 euros.

Tipo para la subasta: 524.735,47 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 52.473,55 euros.

Lote número cinco.

375 participaciones sociales de la mercantil Kondia Uno, S.L., las numeradas correlativamente de la 1 a la 250, y de la 1876 a 2000, ambas inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 7,50 % del capital social de la Sociedad.

Kondia Uno, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF B20331385 y domicilio social en Otaola Hiribidea n.º 13, Eibar – Gipuzkoa, y su capital está dividido en 5000 participaciones sociales con un valor neto contable total de 799.070,08 euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de socios, cargas o gravámenes preferentes sobre las participaciones sociales embargadas.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 59.930,26 euros.

Tipo para la subasta: 59.930,26 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 5.993.03 euros.

Lote número seis.

2.410 participaciones sociales de la mercantil Kirikiño, S.L., numeradas correlativamente de la 601 a la 3010, de 1,00 euros de valor nominal cada una de ellas en la mercantil, representativas del 26,02 % del capital social.

Kirikiño, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Burgos, con CIF B20770558 y domicilio social en Urbanización Ibaialde n.º, 44, La Puebla de Arganzón, Burgos, y su capital está dividido en 9.260 participaciones sociales, con un valor neto contable total de 864.035,14 euros.

Según certificación del órgano de administración de la sociedad no constan en el libro registro de socios, cargas o gravámenes preferentes sobre las participaciones sociales embargadas.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 224.821,94 euros.

Tipo para la subasta: 224.821,94 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 22.482,19 euros.

Lote número siete.

Comprende la totalidad de las participaciones sociales de las mercantiles Ibargest, S.L. y Batkarte, S.L. según el siguiente detalle.

I) 400 participaciones sociales de la mercantil Ibargest, S.L., numeradas correlativamente de la 1 a la 400 ambas inclusive, de 10,0 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 100 % del capital social de la Sociedad.

Ibargest, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF B20849493 y domicilio social en paseo del Faro 61 TI Pla 2 – 20008 – Donostia / San Sebastian – Gipuzkoa, y su capital está dividido en 400 participaciones sociales con un valor neto contable total de 900.676,03 euros.

Valoración de estas participaciones sociales: 900.676,03 euros.

II) 251.270 participaciones sociales de la mercantil Batkarte, S.L., numeradas correlativamente de la 1 a la 251.270 ambas inclusive, de 1,00 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, representativas del 100 % del capital social de la Sociedad.

Batkarte, S.L. se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa, con CIF B20875134 y domicilio social en paseo del Faro 61 2.º B – 20008 – Donostia / San Sebastian – Gipuzkoa, y su capital está dividido en 251.270 participaciones sociales con un valor neto contable total de 2.621.559,16 euros.

Valoración de estas participaciones sociales: 2.621.559,16 euros.

Cargas.

Según certificación del órgano de administración de las sociedades en el libro registro de socios, la totalidad de las participaciones sociales embargadas de la mercantil Ibargest, S.L. y Batkarte, S.L. se encuentran pignoradas en garantía de un contrato de crédito concedido por la sociedad Comercial Anayak, S.L., constituido mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Donostia / San Sebastián Fermín Lizarazu Aramayo en fecha 16 de febrero de 2023, al número 1562 de su protocolo. Según comunicación del acreedor en fecha 28 de noviembre de 2024 el saldo pendiente en concepto de principal asciende a la cantidad de 1.220.000,00 euros. Las cargas y gravámenes anteriores quedarán subsistentes sin aplicar a su extinción el precio del remate.

Fijación tipo de subasta.

Valoración de los bienes que integran el lote: 3.522.235,19 euros.

A deducir, cargas anteriores: 1.220.000,00 euros.

Tipo para la subasta: 2.302.235,19 euros.

Puja mínima del lote para la subasta: 230.223,52 euros.

3.– Títulos de dominio de los bienes objeto de enajenación.

Los títulos disponibles de los bienes a enajenar podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en los locales de esta oficina recaudatoria del Gobierno Vasco, teléfono 94 475 94 97, sita en Plaza de San Pedro 2 Bajo 48014 Bilbao, Bizkaia, en horario de 09:00 a 14:00 horas y de lunes a viernes.

Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Recaudación ni el Organismo acreedor contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar, de oficio, ante el Notario correspondiente, la correspondiente escritura de adjudicación, en sustitución del obligado al pago.

4.– Gastos de la transmisión.

En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión serán por cuenta del adjudicatario.

5.– Licitadores.

Los interesados que quieran participar en la subasta deberán estar dados de alta como usuarios del sistema y accederán al mismo por alguno de los medios electrónicos de acreditación de la identidad admitidos por el Boletín Oficial del Estado, de manera que se garantice una plena identificación de los licitadores. El alta podrá realizarse en el Portal de Subastas utilizando un medio electrónico de identificación admitido por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

La presentación de ofertas se llevará a cabo, en todo caso, de forma electrónica en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Podrán tomar parte en la subasta como licitadores, con excepción del personal adscrito al órgano de recaudación competente, de los tasadores, de los depositarios de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio, cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente.

6.– Suspensión de la subasta en caso de pago de la deuda.

La subasta podrá suspenderse en cualquier momento anterior al otorgamiento de la escritura pública de venta si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos por el principal de la deuda, el recargo, intereses y costas del procedimiento.

7.– Deposito para licitar e importe de los tramos.

Todo licitador, para ser admitido como tal, deberá constituir con anterioridad a la celebración de la subasta un depósito del 5 por 100 del tipo de subasta determinado para cada uno de los bienes o lotes. El depósito deberá constituirse por vía telemática con arreglo a las condiciones determinadas en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.

Al tiempo de pujar, se podrá optar por reservar el depósito constituido para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos. En todo caso cuando el licitador realice una puja inferior o igual a la que fuera la mayor oferta existente hasta ese momento, el depósito quedara reservado automáticamente.

Finalizado el período de presentación de ofertas, quedarán reservadas las cantidades depositadas correspondientes al licitador que hubiera realizado la mejor postura u oferta como garantía del cumplimiento de la obligación de satisfacer el resto del precio de adjudicación y la de aquellos licitadores que, al realizar la puja, su depósito quede reservado bien voluntariamente para el caso de que el mejor postor no cumpliera dicha obligación o realicen una puja inferior o igual a la que fuera la mayor oferta existente hasta ese momento. Las cantidades depositadas que hubieran sido reservadas quedarán disponibles una vez cumplida la obligación del mejor postor. El resto de las cantidades depositadas no reservadas, una vez concluido el período de pujas, serán devueltas automáticamente por el Portal de Subastas.

El importe de los tramos de licitación deberá adecuarse a las siguientes escalas.

– Para tipos de subasta inferiores a 6.000 euros, 100 euros.

– Para tipos de subasta desde 6.000 euros hasta 30.000 euros, 300 euros.

– Para tipos de subasta entre 30.000 euros y 150.000 euros, 600 euros.

– Para tipos de subasta superiores a 150.000 euros, 1.000 euros.

8.– Inicio, desarrollo y cierre de la subasta.

La Administración se reserva el derecho a modificar o cancelar la subasta en cualquier momento, mientras la subasta no esté concluida.

La subasta se abrirá transcurridas al menos 24 horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado y, una vez abierta, solamente se podrán realizar pujas electrónicas, en el plazo de los 20 días naturales siguientes.

Las pujas se enviarán electrónicamente a través de sistemas seguros de comunicaciones al Portal de Subastas, que devolverá un acuse técnico garantizado con sello electrónico del momento exacto de recepción de la puja y de su cuantía. En ese instante se publicará electrónicamente la puja y el postor que viera superada su puja será advertido de esta circunstancia por el sistema.

Serán admisibles pujas por importe superior, igual o inferior a la más alta realizada, que podrán ser reservadas, en garantía, para el supuesto de que el licitador que haya realizado la puja más alta incumpla su obligación de ingresar el precio de remate. En el caso de que existan pujas por el mismo importe, se preferirá la anterior en el tiempo.

Los bienes objeto de subasta son los detallados anteriormente y no se admitirán posturas inferiores a la puja mínima para licitar, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas a los tramos indicados.

La subasta no se cerrará hasta que haya transcurrido una hora desde la realización de la última puja, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicialmente fijado, con un límite máximo de ampliación de 24 horas.

9.– Reglas de la adjudicación.

Finalizada la fase de presentación de ofertas la Mesa de Subasta se reunirá en el plazo máximo de 15 días naturales y se procederá a la adjudicación de los bienes o lotes conforme a las siguientes reglas.

a) En caso de que la mejor oferta presentada fuera igual o superior al 50 por ciento del tipo de subasta del bien, la Mesa adjudicará el bien o lote al licitador que hubiera presentado dicha postura.

b) Cuando la mejor de las ofertas presentadas fuera inferior al 50 por ciento del tipo de subasta del bien, la Mesa, atendiendo al interés público y sin que exista precio mínimo de adjudicación, decidirá si la oferta es suficiente, acordando la adjudicación del bien o lote o declarando desierta la subasta.

c) Si para una misma persona deudora se hubiera acordado la subasta de varios bienes simultáneamente y, finalizado el plazo de realización de pujas electrónicas, en virtud de las cuantías ofrecidas no fuera necesaria la adjudicación de todos los bienes para cubrir la deuda reclamada en su totalidad, el orden de adjudicación a seguir por la Mesa se determinará de conformidad con las reglas contenidas en el artículo 99 del Reglamento General de Recaudación.

d) Adoptado el acuerdo correspondiente, se entenderá finalizada la subasta y se procederá a levantar acta por el secretario de la Mesa.

e) Designado adjudicatario conforme a los apartados anteriores, la legislación mercantil reconoce un derecho de adquisición preferente a favor del resto de los socios, y, en su defecto, y solo para el caso de que los estatutos establezcan en su favor el derecho de adquisición preferente, la sociedad, frente al rematante, que obliga a poner en conocimiento previo las condiciones de la adjudicación, comunicando esta a dichos interesados. La adjudicación acordada por la Mesa quedará en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho de adquisición.

f) Asimismo, y de existir otras posturas con reserva de depósito, la Mesa podrá acordar la adjudicación al licitador que hubiera realizado la oferta más elevada de aquellos cuyo depósito hubiera sido reservado, de acuerdo con las reglas de adjudicación anteriores.

10.– Notificación de la adjudicación. Plazo para el pago del remate. Formalización de la venta.

La adjudicación será notificada al adjudicatario, instándole para que efectúe el pago de la diferencia entre el precio total de adjudicación y el importe del depósito en los 15 días siguientes a la fecha de la notificación, con la advertencia de que si no lo completa en dicho plazo perderá el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir el adjudicatario por los perjuicios que origine a la Administración la falta de pago del precio de remate y a cuyo resarcimiento quedará obligado en todo caso.

Una vez notificada la adjudicación, el adjudicatario podrá solicitar, de forma expresa a la Mesa de Subasta, el otorgamiento de escritura pública de venta, en el plazo de 5 días a contar desde la notificación de la adjudicación, debiendo, en dicho plazo efectuar un ingreso adicional del 5 por ciento del precio de remate del bien.

Si el adjudicatario no solicitase el otorgamiento de escritura pública, una vez ingresado el remate en el plazo de 15 días concedido, se le entregará certificación del acta de adjudicación de los bienes que constituye un documento público de venta a todos los efectos y en ella se hará constar que queda extinguida la anotación preventiva hecha en el Libro Registro de Socios de la mercantil correspondiente a nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

11.– Subasta desierta. Adjudicación al ente acreedor.

Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, el órgano competente iniciará el trámite de adjudicación a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en pago de las deudas no cubiertas, conforme al artículo 172.2 de la Ley General Tributaria y 109.1 del Reglamento General de Recaudación. Si finalizados los procedimientos de enajenación, y en su caso, adjudicación a la Hacienda Pública Autonómica, quedaran derechos o bienes sin adjudicar, los mismos podrán ser objeto de nuevos procedimientos de enajenación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de mayo de 2025.

La directora de Política Financiera y Previsión Social,

ARANTZA LARRAURI ARANGUREN.


Análisis documental