
N.º 114, miércoles 18 de junio de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
2727
RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2025, del director general del Ente Vasco de la Energía (EVE), por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa Moves III) para el año 2025, y se acuerda el traspaso a la convocatoria Moves III-2025 de las solicitudes de ayuda registradas a partir del 1 de enero de 2025 en la convocatoria Moves III.
I.– El EVE, Ente Público de Derecho Privado dependiente del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, tiene encomendadas las actuaciones dirigidas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética, los recursos energéticos renovables, la diversificación energética y la promoción de infraestructuras energéticas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
A este respecto, el EVE viene desarrollando diversas acciones encaminadas a cumplir con los objetivos recogidos en la Estrategia Energética de Euskadi 2030 (3E-2030). Entre estas actuaciones cabe citar los diversos programas de ayudas a través de los cuales se intenta promocionar la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en los diferentes sectores de actividad.
II.– Mediante Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) para el año 2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 79 de fecha 1 de abril de 2025, se establecieron las bases reguladoras para la concesión incentivos ligados a la movilidad eléctrica para el año 2025.
Constituye el objeto del Real Decreto-ley 3/2025 la aprobación de dos programas de incentivos a la movilidad eléctrica consistentes en:
a) Programa de Incentivos 1 – Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos.
b) Programa de Incentivos 2 – Apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 1 y 5 del Real Decreto-ley 3/2025, el programa se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (en adelante, «RD 266/2021»), excepto en lo referido a plazos de ejecución así como a las obligaciones específicas de gestión y control asociadas al PRTR.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, del Real Decreto 266/2021, el director general del EVE comunicó formalmente al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) la aceptación expresa e inequívoca de la subvención concedida a la Comunidad Autónoma del País Vasco respecto del programa Moves III-2025, que asciende a la cantidad de 18.718.371 euros.
En consecuencia, el presente programa de ayudas se ha diseñado con el objetivo prioritario de contribuir a la descarbonización del sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad para la consecución de los objetivos fijados por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, promoviendo la adquisición de vehículos eléctricos, así como la infraestructura de recarga adecuada en el territorio de la CAPV.
III.– Que, mediante publicación en BOPV en fecha 14 de julio de 2021, EVE convocó el «Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (Programa Moves III)», que a su vez se incardinaba en el Real Decreto 266/2021. El Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, publicado en el BOE n.º 309 de 24 de diciembre de 2024 (en adelante, «Real Decreto-ley 9/2024»), modificó el contenido del Real Decreto 266/2021, ampliando la vigencia del programa de ayudas, que inicialmente vencía el 31 de diciembre de 2024. Ello posibilitó que se continuasen registrando solicitudes de ayudas a partir del 1 de enero de 2025.
Sin embargo, la Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, publicado en el BOE n.º 20 de 23 de enero de 2025 (en adelante, «Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados»), derogó el Real Decreto-ley 9/2024.
El artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2025 en el que se incardina el programa Moves III-2025 dispone que «las actuaciones subvencionables son las previstas en el artículo 13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril. Quedan incluidas las actuaciones iniciadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, considerándose válidas las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero de 2025». Habiéndose presentado, a través del cauce habilitado para ello, 310 solicitudes de ayuda no desistidas entre el 1 de enero de 2025 y el 23 de enero de 2025, período en el que permaneció operativa la posibilidad de registrar solicitudes de ayuda en la convocatoria Moves III, procede traspasar y resolver las mismas en el marco del programa Moves III-2025 en virtud de lo establecido por el RD-Ley 3/2025.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– De conformidad con lo establecido en el Decreto 10/2015, de 3 de febrero, de segunda modificación del Decreto 64/1985, de 5 de marzo, por el que se regulan las funciones de los órganos rectores del EVE, aprobar las bases reguladoras y la convocatoria correspondiente al programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa Moves III-2025) para el año 2025, cuyo contenido se adjunta a modo de Anexo a la presente Resolución.
Segundo.– Acordar el traspaso a la convocatoria Programa Moves III-2025 de las solicitudes de ayuda registradas a partir del 1 de enero de 2025 en la convocatoria Programa Moves III.
Tercero.– De conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, proceder a la publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución de aprobación de las bases reguladoras correspondientes al programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa Moves III-2025) para el año 2025, y acuerdo del traspaso a la convocatoria Moves III-2025 de las solicitudes de ayuda registradas a partir del 1 de enero de 2025 en la convocatoria Moves III.
Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el director general del EVE en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Bilbao, a 2 de junio de 2025.
El director general del Ente Vasco de la Energía,
MIKEL AMUNDARAIN LEIBAR.
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