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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, jueves 29 de mayo de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
2321

ORDEN de 14 de mayo de 2025, de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se hace pública la dotación asignada para la ayuda prevista en el Decreto 48/2024, de 16 de abril, por el que se regula la ayuda económica para las hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales de la violencia machista contra las mujeres.

En virtud del Decreto 48/2024, de 16 de abril, se regula la ayuda económica para las hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales de la violencia machista contra las mujeres (BOPV n.º 98, de 21 de mayo de 2024), en cuyo 15.2, establece que «Mediante Orden de la consejera o consejero competente en materia de servicios sociales, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, se dará a conocer la dotación anual asignada para la ayuda prevista en el presente Decreto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi».

Mediante Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos se indica en su artículo 15 apartado d) que le corresponde al Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico el área de actuación relativa al desarrollo comunitario, bienestar y los servicios sociales.

Y el Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, indica en el artículo 11 apartado m) que le corresponde a la Dirección de Apoyos para la Vida Plena le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones: «La gestión, resolución y abono de las ayudas económicas para hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales de violencia machista contra las mujeres, y de las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales, salvo que la normativa aplicable a tales ayudas atribuya alguna de esas funciones a otro órgano».

Por otra parte, esta ayuda económica se sujeta a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones (BOPV n.º 247, de 29 de diciembre de 2023) cuya entrada en vigor se produjo en fecha 30 de diciembre de 2023 y se incluye en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, aprobado mediante Orden de 21 de febrero de 2025, de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025-2028.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo único.– Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, se indica que en el ejercicio 2025, se destina a la financiación de las ayudas previstas en el Decreto 48/2024, de 16 de abril, se regula la ayuda económica para las hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales de la violencia machista contra las mujeres, un importe de 421.200 euros estableciéndose así mismo como créditos de compromiso para años posteriores 2026: 100.000euros; 2027: 50.000 euros; 2028: 50.000euros; 2029:50.000 euros; 2030: 50.000 euros; 2031: 50.000 euros; 2032: 50.000 euros; 2033: 50.000 euros ;2034: 50.000 euros; 2035: 50.000 euros.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso – administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de mayo de 2025.

La Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

NEREA MELGOSA VEGA.


Análisis documental