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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 94, miércoles 21 de mayo de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
2166

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2025, del Delegado Territorial de Gipuzkoa, por la que se resuelve el procedimiento de competencia para la solicitud de autorización administrativa para el Parque Eólico Hernani I y Hernani II, en los términos municipales de Villabona, Ibarra y Tolosa (Gipuzkoa).

N.º de Expediente: 20-GEY-2025-00004

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– En fecha 27 de enero de 2025, la mercantil Premier Espf Ipaz Haizea, S.L. solicitó autorización administrativa previa para el proyecto Parque Eólico Hernani I y Hernani II, en los términos municipales de Villabona, Ibarra y Tolosa (Gipuzkoa).

2.– A los efectos previstos en el artículo 4 del Decreto 115/2002, de 28 de mayo, se sometió dicha solicitud a información pública, a los efectos de una posible solicitud en competencia, la correspondiente solicitud, publicándose el anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha, 27 de marzo de 2025, y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, de fecha 27 de marzo de 2025.

3.– En el plazo reglamentariamente previsto no se han presentado solicitudes de autorización adicionales en competencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector de Eléctrico, en su artículo 21, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en su artículo 115, y el Decreto 115/2002, de 28 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica, a través de Parques Eólicos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, establecen la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de Parques Eólicos para la producción de energía eléctrica.

2.– La Delegación Territorial de Gipuzkoa es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Gipuzkoa

RESUELVE:

Primero.– Seleccionar el anteproyecto presentado por Premier Espf Ipaz Haizea, S.L. para el Parque Eólico Hernani I y Hernani II, en los términos municipales de Villabona, Ibarra y Tolosa (Gipuzkoa), al haber sido el único presentado.

Segundo.– En el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, Premier Espf Ipaz Haizea, S.L. deberá presentar la documentación establecida en el artículo 7 del Decreto 115/2002 para la tramitación de la autorización administrativa previa.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Descarbonización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 12 de mayo de 2025.

El Delegado Territorial de Gipuzkoa,

ANTTON ARRIETA INSAUSTI.


Análisis documental