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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, miércoles 16 de abril de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

LEHENDAKARITZA
1691

CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano u entidad interesado.

Advertidos errores de dicha índole en el Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 66 de 4 de abril de 2025, se procede a su corrección.

En la página 2025/1493 (56/123), del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la tabla que figura en el artículo 170.3,

donde dice:

(Véase el .PDF)

debe decir:

(Véase el .PDF)

En la página 2025/1493 (56/123), del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la tabla que figura en el artículo 170.5,

donde dice:

(Véase el .PDF)

debe decir:

(Véase el .PDF)

En la página 2025/1493 (57/123), del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la tabla que figura en el artículo 170.6,

donde dice:

(Véase el .PDF)

debe decir:

(Véase el .PDF)

Análisis documental