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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 67, lunes 7 de abril de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
1530

DECRETO 72/2025, de 25 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el entorno de los depósitos de Sopela», en el municipio de Sopela.

El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el entorno de los depósitos de Sopela», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 15 de febrero de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 42, de 28 de febrero de 2024, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 5 de junio de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante:

«Ante los antecedentes descritos se consideró necesario llevar a cabo la redacción de un proyecto que contemplara la sustitución de la conducción de agua potable de salida del depósito actualmente existente mediante la instalación de una nueva conducción en Fundición Dúctil DN 250 en una longitud aproximada de 250 m con un trazado distinto que permita la eliminación del punto alto problemático.

Esto permitirá la puesta en servicio del nuevo depósito de mayor volumen (4.200 m3).

Este depósito cuenta con un volumen considerablemente superior al depósito antiguo cuya autonomía limita el uso de agua potable pudiendo suponer problemas en el abastecimiento (cortes de suministro) a los abonados de la zona.

La instalación de estas nuevas conducciones conllevará la puesta en servicio del depósito nuevo al 100 % de su capacidad lo que mejorará el servicio prestado a los abonados, garantizando un suministro continuado y de calidad incluso en épocas de mayor demanda.

De manera complementaria, se solucionará la problemática del desagüe del nuevo depósito, que actualmente vierte sus aguas a una finca privada a media ladera, conectándolo al desagüe del depósito antiguo.

Para ello será necesario realizar pequeñas actuaciones en la red de distribución en el entorno de industrialdea. La correcta ejecución del desagüe evitará las molestias ocasionadas a la propiedad de la finca».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de marzo 2025,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el entorno de los depósitos de Sopela».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de marzo de 2025.

El Lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

El Consejero de Vivienda y Agenda Urbana,

DENIS ITXASO GONZÁLEZ.


Análisis documental