Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 60, jueves 27 de marzo de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1369

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, del Director de Descarbonización, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto «Proyecto Ejecutivo de Instalación Fotovoltaica "Arganzón" e infraestructuras de evacuación en el término municipal de Iruña de Oca (Álava)», en el término municipal de Iruña de Oca.

N.º expediente: 01GEY 202200006.

ANTECEDENTES DE HECHO

Con fecha 15 de junio de 2022, Fotovoltaica Comunión II, S.L. solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación correspondiente al proyecto «Proyecto Ejecutivo de Instalación Fotovoltaica "Arganzón" e infraestructuras de evacuación en el Término Municipàl de Iruña de Oca (Álava)», en el término municipal de Iruña de Oca.

La instalación objeto del proyecto dispone de permiso de acceso y conexión, otorgado por la empresa distribuidora I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con fecha 23 de octubre de 2024.

Con fechas 22 de octubre de 2024 y 8 de noviembre de 2024, se publica en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, respectivamente, el anuncio por el que se somete a información pública el proyecto. A su vez se remitieron las separatas correspondientes a los siguientes organismos: Ayuntamiento de Iruña de Oca, Dirección de Patrimonio Cultural y Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, REE Red Eléctrica de España, Juntas Administrativas de Montevite y Ollabarre y URA-Agencia Vasca del Agua. De los organismos mencionados se recibieron informes de la Dirección de Patrimonio Cultural y del Departamento de Agricultura de Diputación Foral de Álava, REE, Ayuntamiento de Iruña de Oca y URA.

La Dirección de Cultura de Diputación Foral de Álava presentó su conformidad con el proyecto, REE solicitó ampliación de la información y, por otro lado, Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava, el Ayuntamiento de Iruña de Oca presentaron condicionado técnico. URA solicitó ampliación de información respecto al cruce de la línea de evacuación con la zona de dominio público hidráulico.

El promotor remitió la contestación a URA y esta emitió informe con condicionado técnico.

El promotor presentó ante esta Delegación la aceptación de todos los informes recibidos.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

1.– La Delegación Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

2.– El Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, regula en su disposición adicional primera el régimen de suplencias, estableciendo lo siguiente: «En los casos de vacante, ausencia o enfermedad de las personas titulares de los órganos a los que se refiere este Decreto, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, se seguirán las siguientes reglas de suplencia en defecto de resolución expresa de la titular del Departamento: (...) e) La suplencia de las personas titulares de los órganos periféricos corresponderá a la Directora o Director de quien dependan.»

Por tanto, dado que a fecha de la presente Resolución el puesto de Delegado Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava se encuentra vacante, corresponde su suplencia al Director de Descarbonización.

3.– En la tramitación de este expediente se han cumplido las prescripciones establecidas en el Decreto 48/2020, de 31 de marzo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Director de Descarbonización

RESUELVE:

1.– Conceder a Fotovoltaica Comunión II, S.L. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación correspondiente al «Proyecto Ejecutivo de Instalación Fotovoltaica "Arganzón" e infraestructuras de evacuación en el Término Municipal de Iruña de Oca (Álava)», en el término municipal de Iruña de Oca.

Planta fotovoltaica de 2,9MW de potencia nominal, ubicada en Iruña de Oca, polígono 1, parcelas 263A, 263B y 264, consistente en:

– 4.788 módulos fotovoltaicos de 0,725 kWp.

– 9 inversores de 322,22 kW.

– 1 Centro de Transformación prefabricado de 3200kVA.

– Aproximadamente 820 m de línea de evacuación subterránea hasta el punto de conexión.

– La evacuación se hará en el apoyo 1110-2661311 de 30 Kv de la SET Jundiz (30 kV).

Esta resolución se concede con las condiciones generales siguientes:

– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

– El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya solicitado la autorización de explotación de la instalación, se podrá declarar la caducidad de la presente Resolución.

– El titular de las instalaciones, una vez ejecutado el proyecto, y tras las comprobaciones reglamentarias, dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava a efectos de la autorización de explotación y puesta en servicio, acompañando la documentación que se indique en los reglamentos técnicos de aplicación.

– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Transición Energética, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de marzo de 2025.

Por ausencia del Delegado Territorial de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad de Álava, y de conformidad con el apartado e) de la Disposición Adicional Primera del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

El Director de Descarbonización,

GUILLERMO ALLENDE ARANGUIZ.


Análisis documental