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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, martes 25 de marzo de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
1346

DECRETO 63/2025, de 11 de marzo, por el que se declara de interés social a Hirube, S. Coop. de Iniciativa Social.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, Hirube, S. Coop. de Iniciativa Social ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Apoyos para la Vida Plena, Hirube, S. Coop. de Iniciativa Social es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 2018 que tiene como objeto los siguientes fines fundacionales:

Perseguir el bienestar comunitario a través de la detección prevención y respuesta a las necesidades sociales de las personas.

Desarrollar actividades de promoción orientadas a avanzar en la percepción e implicación social en estas situaciones, así como de investigación para disponer de metodologías de trabajo eficientes que mejoren la profesionalidad de sus integrantes.

Su ámbito prioritario de actuación es la familia, infancia y juventud, tanto a través de actividades públicas como privadas, trabajando de un modo activo la colaboración con otros agentes comunitarios, formales e informales, así como con otras entidades que persigan finalidades semejantes buscando implicar a la sociedad en su conjunto.

Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de marzo de 2025,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a Hirube, S. Coop. de Iniciativa Social por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a Hirube, S. Coop. de Iniciativa Social los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2025.

El Lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

La Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

NEREA MELGOSA VEGA.


Análisis documental