
N.º 58, martes 25 de marzo de 2025
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
1343
RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2025, del Director de Descarbonización, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de alegaciones correspondiente al trámite de información pública para la autorización administrativa y evaluación ambiental del proyecto de parque eólico «Miritxa» (20 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Leintz-Gatzaga (Gipuzkoa) y Arratzua-Ubarrundia, Legutio y Vitoria-Gasteiz (Álava).
Expte: 01-GE-Y-2022-00002 / 20-GE-Y-2022-00004.
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 26 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el Boletín Oficial del País Vasco, y posteriormente con fecha 22 de enero de 2025 en el Boletín Oficial del territorio Histórico de Álava, el Anuncio de 4 de noviembre de 2024 del Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, por el que se someten a información pública las solicitudes de Autorización Administrativa Previa y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de parque eólico «Miritxa» (20 MW), así como sus infraestructuras asociadas, en los términos municipales de Leintz-Gatzaga (Gipuzkoa) y Arratzua-Ubarrundia, Legutio y Vitoria-Gasteiz (Álava), en el que se establecía un plazo de 30 días hábiles para la presentación de alegaciones; esto es, hasta el 5 de marzo de 2025, considerando la última publicación del anuncio.
Con fecha 17 de febrero de 2025, se registra solicitud de Arabako Mendiak Aske Elkartea, para la ampliación del plazo para la presentación de alegaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Dirección de Descarbonización es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.
El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
El artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental indica que el proyecto y el estudio de impacto ambiental serán sometidos a información pública durante un plazo no inferior a treinta días hábiles.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Director de Descarbonización,
RESUELVE:
Primero.– Acordar la ampliación del plazo de alegaciones dentro del trámite de información pública en 15 días hábiles, esto es, hasta el 26 de marzo de 2025.
Segundo.– Ordenar la notificación de la presente Resolución a los solicitantes, al promotor Green Capital Development VII, SLU y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en el apartado de información pública de proyectos de Energía y Minas en la web www.euskadi.eus.
De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no son susceptibles de recursos, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de marzo de 2025.
El Director de Descarbonización,
GUILLERMO ALLENDE ARANGUIZ.
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