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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 37, lunes 24 de febrero de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
873

RESOLUCIÓN 312/2025, de 17 de febrero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se corrigen errores de la Resolución 1523/2024, de 11 de noviembre, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, correspondiente a la convocatoria ordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 2425/2023, de 29 de diciembre.

Mediante Resolución 2425/2023, de 29 de diciembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se regulan los requisitos, solicitudes, procedimiento de evaluación y asignación del nivel de la convocatoria ordinaria de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional correspondiente al ejercicio 2023 para profesionales pertenecientes a las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10.b) de la Resolución 2425/2023, de 29 de diciembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, una vez resueltas las reclamaciones a la publicación de la relación provisional de asignación de niveles efectuadas en el plazo establecido en la propia convocatoria ordinaria, se aprueba la Resolución 1523/2024, de 11 de noviembre, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) de la relación definitiva de los niveles asignados en la convocatoria ordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 2425/2023, de 29 de diciembre, de la Directora General de Osakidetza–Servicio vasco de salud.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que «se podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en los actos administrativos».

Advertidos errores de dicha índole en el Anexo de la Resolución 1523/2024, de 11 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procede a su corrección.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Incluir en el Anexo «Asignación definitiva de los niveles reconocidos según Grupo Profesional» a las personas siguientes:

GRUPO A1 LICENCIADO/A SANITARIO/A
(Véase el .PDF)
GRUPO B1 DIPLOMADO/A SANITARIO/A
(Véase el .PDF)
GRUPO C1 TÉCNICO/A ESPECIALISTA SANITARIO/A
(Véase el .PDF)
GRUPO D2 TÉCNICO/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A
(Véase el .PDF)

Segundo.– Modificar en el Anexo «Asignación definitiva de los niveles reconocidos según «Grupo Profesional» el nivel reconocido a la persona siguiente:

GRUPO D1 TÉCNICO/A AUXILIAR SANITARIO/A
(Véase el .PDF)

Tercero.– Excluir en el Anexo «Asignación definitiva de los niveles reconocidos según Grupo Profesional» a las personas siguientes:

GRUPO B1 DIPLOMADO/A SANITARIO/A
(Véase el .PDF)

Contra la presente Resolución, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución 312/2025, de 17 de febrero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de febrero de 2025.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

SUSANA LÓPEZ ALTUNA.


Análisis documental