Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 32, lunes 17 de febrero de 2025


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
751

RESOLUCIÓN de 8 de diciembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se modifica la Resolución de 13 de septiembre de 2024, por la que se conceden y deniegan las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 5 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Erein).

En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 64 de 2 de abril de 2024, se hizo pública la convocatoria recogida en la Orden de 5 de marzo de 2024, por la que se regulaban las ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El 13 de septiembre de 2024, el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria resuelve la precitada convocatoria concediendo ayudas por un importe global de 11.655.978,14 euros. De ellos, 5.193.144,41 euros son cofinanciados por el fondo comunitario FEADER al 80 % (4.154.515,53 euros) y la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca al 20 % (1.038.628,88 euros). El resto, 6.462.833,73 euros, se otorgan con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en forma de financiación suplementaria nacional aprobada por la Comisión en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (en adelante PEPAC).

El apartado 5 de la base 12 de la citada Orden de 5 de marzo de 2024, relativa al Informe de la Comisión de Valoración, indica que «En caso de que se produzcan minoraciones en las cuantías concedidas o renuncias al derecho de subvención en el plazo de tres meses desde la fecha de la concesión, las cantidades afectadas por tales circunstancias se irán adjudicando, por riguroso orden, a aquellas solicitudes que no hayan podido ser atendidas por falta de crédito, dentro de los límites fijados en la normativa presupuestaria de aplicación».

Así, hasta la fecha del dictado de la presente Resolución y dentro del plazo dispuesto en la orden, se han producido tres renuncias cuyo montante total asciende a la cantidad de 557.992,58 euros cofinanciados por el fondo comunitario FEADER. Atendiendo a la propuesta de resolución formulada por la Comisión de Valoración corresponde aplicar dicho montante, en primer lugar, a aquel expediente que no pudo ser financiado en la cuantía total propuesta debido al agotamiento del presupuesto y que corresponde al Ayuntamiento de Legazpi y, en segundo lugar, a diez expedientes que no fueron atendidos por falta de crédito. Esta nueva adjudicación se realiza siguiendo el orden fijado por la Comisión de Valoración en función de los puntos obtenidos, tal y como consta en la propuesta emitida, y hasta el agotamiento del nuevo montante.

Así, el Director de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas ha formulado, en aplicación del apartado 2 de la Base 13, segunda propuesta de resolución definitiva de concesión de ayuda, de fecha 25 de noviembre de 2024, en la que se expresa la relación de las nuevas entidades para las que se propone la concesión de la subvención, su cuantía, su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

De esta forma, considerando los plazos marcados por la circular de cierre presupuestario para poder llevar a la práctica tal posibilidad y teniendo en cuenta la disponibilidad de los indicados 557.992,58 euros cofinanciados por el fondo comunitario FEADER fruto de tales circunstancias.

RESUELVO:

Primero.– Modificar el asiento 86 del Anexo I de la Resolución de 13 de septiembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se conceden y deniegan las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 5 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco del País Vasco (Programa Erein), que queda redactado como sigue:

(Véase el .PDF)

Segundo.– Modificar el Anexo I de la Resolución de 13 de septiembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se conceden y deniegan las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 5 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco del País Vasco (Programa Erein), añadiendo los siguientes asientos:

(Véase el .PDF)

Tercero.– Modificar el Anexo II de la Resolución de 13 de septiembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se conceden y deniegan las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 5 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco del País Vasco (Programa Erein), añadiendo los siguientes asientos:

(Véase el .PDF)

Cuarto.– Modificar el Anexo III de la Resolución de 13 de septiembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se conceden y deniegan las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 5 de marzo de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco del País Vasco (Programa Erein), eliminando los siguientes asientos:

(Véase el .PDF)

Quinto.– De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 de la Base 15 de la orden de convocatoria, contra la presente Resolución, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del departamento competente en materia de desarrollo rural en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de diciembre de 2024.

El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria,

RAÚL PÉREZ IRACHETA.


Análisis documental