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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 26, viernes 7 de febrero de 2025


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
615

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2024, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado, a los alumnos de los cursos números 877 a 881.

HECHOS

Primero.– Se han organizado los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 877, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 878, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 879, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 880, impartido por CIFP Fraisoro Eskola LHII: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 881, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C; cursos realizados en otras CC.AA. de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que dan derecho a la obtención del carné tipo B; y cursos realizados en otras CC.AA., de nivel piloto aplicador.

Los cinco cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico; en la parte B, para el nivel cualificado; y en la parte D, para el nivel piloto aplicador, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B, C y de piloto aplicador, respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación, y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 17.1.b) del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel cualificado, del curso 877, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico, del curso 878, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel básico, del curso 879, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel básico, del curso 880, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel cualificado, nivel básico y nivel piloto aplicador, del curso 881, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo V a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2024.

El Director de Agricultura y Ganadería,

JORGE GARBISU BUESA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental