
N.º 249, martes 24 de diciembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
5930
RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se acuerda la reasignación y quinta ampliación de la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Primero.– Mediante Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el BOE n.º 155, de 30 de junio de 2021, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
El presupuesto correspondiente para el caso de Euskadi, respecto al importe total de la ayuda establecida en el Anexo V del citado Real Decreto, ascendía a 37.173.437 euros.
Segundo.– Mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, publicada en el BOPV n.º 197, de 1 de octubre de 2021, se procedió a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercero.– Posteriormente, se procedió a modificar el contenido de las bases del programa incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de:
– La Resolución de 20 de abril de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 22 de septiembre de 2021, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPV n.º 84, de 3 de mayo de 2022).
– La Resolución de 29 de junio de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de segunda modificación de la Resolución de 22 de septiembre de 2021, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPV n.º 137, de 15 de julio de 2022).
Cuarto.– Mediante Resolución de 8 de julio de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 143, de 26 de julio de 2022).
El incremento de la dotación económica recogido en la citada Resolución tenía dos orígenes diferenciados:
a) Por una parte, un importe adicional de 37.173.436,99 euros, materializados por Resolución de la Presidenta de IDAE de fecha 10 de junio de 2022, en la que se acordó conceder a la Comunidad Autónoma del País Vasco, un importe adicional de 37.173.436,99 euros para el programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b) Por otra parte, un importe adicional y complementario a los recursos procedentes de los Fondos PRTR de 20.000.000 euros, de los recursos propios del EVE.
Quinto.– Por medio de la Resolución de 5 de abril de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a reasignar el importe correspondiente a cada programa de incentivos, relativo al presupuesto ampliado del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021. La dotación económica de la convocatoria ascendía a 66.784.314,28 euros en lo que respecta a la financiación con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Sexto.– Mediante Resolución de 11 de octubre de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 204, de 25 de octubre de 2023), con un importe adicional de 12.242.486,40 euros (una vez detraídos los gastos indirectos correspondientes de 378.633,60 euros), proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Séptimo.– Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 235, de 12 de diciembre de 2023), con un importe adicional de 27.738.773,55 euros (una vez detraídos los gastos indirectos correspondientes de 1.459.935,45 euros), proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La dotación económica de la convocatoria ascendía a 106.765.574,23 euros en lo que respecta a la financiación con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Octavo.– Mediante Resolución de 15 de julio de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 148, de 30 de julio de 2024), con un importe adicional de 4.127.323,00 euros proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Dicho incremento se repartió entre las componentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con cargo a las cuales está financiado el programa de incentivos. La dotación económica resultante de la convocatoria tras dicho incremento ascendió a 106.765.574,23 euros en lo que respecta a la financiación con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Noveno.– Mediante Resolución de 8 de agosto de 2024, del Director General del EVE, publicada en el BOPV n.º 164 de fecha 23 de agosto de 2024, se procedió a acordar el reparto final del incremento presupuestario aprobado mediante Resolución de 15 de julio de 2024, por la que se acuerda la cuarta modificación de la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
La dotación económica con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (110.892.897,23 euros) prevista en la Base 3 del Programa de Incentivos quedó finalmente distribuida en función de las siguientes cuantías para cada uno de los programas de incentivos:
(Véase el .PDF)
Décimo.– El Real Decreto 477/2021 deja a discreción de cada Comunidad Autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla realizar el reparto del presupuesto entre las distintas actuaciones subvencionables definidas. Asimismo, su apartado 12.º del artículo 10 posibilita que, tras la finalización de la vigencia de la correspondiente convocatoria, se compense el saldo de fondos existente entre los programas de incentivos, siempre dentro de la misma componente, así como incorporar a los mismos los remanentes correspondientes al presupuesto que no hubiera podido destinarse a la financiación de las inversiones directas en la misma categoría.
La evolución del programa de ayudas convocado por EVE, así como de la concesión de inversiones directas concedidas, pone de manifiesto la necesidad de reasignar los fondos con el objeto de atender un mayor número de solicitudes de ayuda. En concreto, el trasvase de fondos consiste en:
– Reasignar un importe de 2.136.661,74 euros del programa de Incentivos 1 al programa de Incentivos 2, habida cuenta de que el presupuesto comprometido para el programa de Incentivos 1 es inferior a su dotación presupuestaria, y previéndose la necesidad de dotar con mayores fondos al programa de Incentivos 2.
– Trasvasar un importe de 2.490.144,39 euros en concepto de remanentes reservados a inversiones directas, ampliando por esa cuantía la dotación presupuestaria de la convocatoria general del Programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Por lo expuesto,
RESUELVE:
Primero.– Acordar la reasignación y ampliación de la dotación presupuestaria del Programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. La dotación económica con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (113.383.041,62 euros) prevista en la Base 3 del Programa de Incentivos se distribuye en función de las siguientes cuantías para cada uno de los programas de incentivos:
(Véase el .PDF)
Segundo.– En lo que respecta al régimen de complementariedad entre esta quinta ampliación de la dotación económica con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la cuantía adicional máxima y complementaria de 20.000.000 euros que el EVE destinó al Programa de Incentivos con fondos propios consignados en el Presupuesto del EVE mediante Resolución del Director General del EVE de 8 de julio de 2022 (BOPV n.º 143, de 26 de julio de 2022), se estará a lo establecido en el resuelvo segundo de la citada Resolución.
Tercero.– Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).
Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General del EVE en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Bilbao, a 12 de diciembre de 2024.
El Director General del Ente Vasco de la Energía,
MIKEL AMUNDARAIN LEIBAR.
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