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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 245, miércoles 18 de diciembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
5804

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Cultura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a museos y colecciones de Euskadi para el año 2024.

Por Orden de 3 de julio de 2024 de la Vicepresidenta primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 135, de 10 de julio, se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a museos y colecciones de Euskadi para el año 2024.

Con fecha de 6 de noviembre de 2024 se elevó, por parte de la Directora de Patrimonio Cultural, propuesta de resolución teniendo en cuenta los criterios de valoración dispuestos en la citada Orden, así como el contenido del acta emitida por la comisión de valoración constituida a efectos de valorar las solicitudes recibidas y reunida el 11 de octubre de 2024.

Por todo ello, y a la vista de la propuesta de Resolución elaborada por la Dirección de Patrimonio Cultural,

RESUELVO:

Primero.– Conceder a las entidades solicitantes que se relacionan en el Anexo I, las subvenciones por las actividades e importes que en el mismo se detallan.

Segundo.– Inadmitir la subvención solicitada que se relaciona en el Anexo II de esta Resolución por los motivos que en el mismo se indican.

Tercero.– Las personas beneficiarias propuestas quedan sometidas a las condiciones establecidas por la Orden que aprueba las bases de la convocatoria y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Cuarto.– Las actividades subvencionadas en la presente convocatoria habrán de iniciarse y finalizar en el año 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.6 de la Orden de 3 de julio de 2024, de la Vicepresidenta primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueban las bases y convoca la concesión de subvenciones destinadas a museos y colecciones de Euskadi para el año 2024.

Quinto.– Las subvenciones concedidas con cargo a la citada Orden, se abonarán en dos pagos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1.– Un primer pago, por el 50 % de la ayuda concedida, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 18.a) sin haber mediado renuncia.

2.– El segundo, por la cantidad restante, se realizará en 2025, previa justificación de la realización de la actuación subvencionada y su efectivo coste, en los términos del artículo 20 de la Orden.

En lo que respecta al pago, justificación y liquidación de las subvenciones concedidas, se estará a lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 21 de la Orden, teniendo en cuenta que la documentación que se indica en la misma deberá presentarse dentro de los tres meses siguientes al de finalización de la actividad subvencionada. En todo caso el último día del plazo para la presentación de la justificación será el 31 de marzo de 2025.

Sexto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco a los efectos de su notificación a las personas interesadas.

Séptimo.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco de acuerdo con el artículo 26.2 Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, para su general conocimiento.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Consejera de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de noviembre de 2024.

El Viceconsejero de Cultura,

ANDONI ITURBE AMOREBIETA.

(Véase el .PDF)


Análisis documental