
N.º 240, miércoles 11 de diciembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
5664
RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, por la que se conceden y deniegan las ayudas convocadas mediante la Orden de 16 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la transformación, desarrollo y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Inversión).
El 3 de mayo de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco (n.º boletín: 86) la siguiente norma reguladora: Orden de 16 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la transformación, desarrollo y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Inversión).
La Comisión de Valoración, en fecha 16 de octubre de 2024, emitió Informe de evaluación de las solicitudes presentadas y se elevó dicho informe al Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias para la realización de la propuesta de resolución definitiva.
El 13 de noviembre de 2024, se dictó propuesta de resolución definitiva de concesión la cual ha sido elevada a este organismo para la resolución de esta convocatoria de ayudas.
La citada norma reguladora establece que la concesión y denegación de las ayudas se efectuará mediante resolución del Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en base a la propuesta de resolución elevada por el Director de Calidad e Industrias Alimentarias del Departamento.
Vista la propuesta de resolución definitiva dictada, se ha adoptado la siguiente resolución:
RESUELVO:
Primero.– Conceder a las personas o entidades que figuran en el Anexo I las ayudas para el objeto y por los importes señalados en dicho anexo con cargo a los Presupuestos Generales de la C.A. de Euskadi.
La cuantía total relativa a dicho anexo y correspondiente a los fondos de la CA es: 7.672.743,02 euros.
Segundo.– Conceder a las personas o entidades que figuran en el Anexo II las ayudas para el objeto y por los importes señalados en dicho anexo cargo al Fondo Comunitario FEADER.
La cuantía total relativa a dicho anexo y correspondiente a los fondos FEADER es: 3.267.422,29 euros.
Tercero.– Conceder a las personas o entidades que figuran en el Anexo III las ayudas para el objeto y por los importes señalados en dicho anexo correspondientes al Capítulo IV y su distribución entre los Presupuestos Generales de la C.A. de Euskadi y el Fondo Comunitario FEMPA.
La cuantía total relativa a dicho anexo y correspondiente a los fondos de la CA es: 105.797,54 euros.
La cuantía total relativa a dicho anexo y correspondiente a los fondos FEMPA es: 246.860,97 euros.
Cuarto.– Denegar a las personas o entidades que figuran en el Anexo IV las ayudas solicitadas por los motivos señalados en dicho anexo.
Quinto.– Esta resolución no pone fin a la vía administrativa. Contra esta Resolución, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca. Plazo de presentación: un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de noviembre de 2024.
El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria,
RAÚL PÉREZ IRACHETA.
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