
N.º 222, jueves 14 de noviembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
EUSKAL TRENBIDE SAREA
5195
RESOLUCIÓN de 31 de octubre del 2024, del Director General de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo para la implantación de auscultación intensiva en el túnel de Markarte entre los PKs 10+915 a 11+100 de la Línea Bilbao-Donostia de la red de Euskal Trenbide Sarea».
El objeto del proyecto es realizar una propuesta de implementación de instrumentación geotécnica, con un sistema de monitorización en semicontinuo, el cual se ajuste a las patologías y problemática existente en el túnel citado con el fin de establecer unos umbrales de aviso.
Se pretende, medir diversos parámetros que permitan establecer claramente el comportamiento real del terreno, tanto para comprobar lo previsto como para establecer determinadas señales de alarma adecuadas frente a futuros peligros.
El Presupuesto de Ejecución Material asciende a la cantidad de ciento nueve mil seiscientos dieciocho euros con setenta y seis céntimos (109.618,76).
El Presupuesto de Ejecución por Contrata, obtenido añadiendo un 6 % de Beneficio Industrial y un 13 % de Gastos Generales, asciende a la cantidad de 130.446,33 euros.
El Presupuesto Base de Licitación de las obras del «Proyecto constructivo para la implantación de auscultación intensiva en el túnel de Markarte entre los PKs 10+915 a 11+100 de la Línea Bilbao-Donostia de la red de Euskal Trenbide Sarea», una vez añadido el IVA correspondiente del 21 %, asciende a la cantidad de ciento cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta euros con seis céntimos (157.840,06).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de seis (6) semanas, que se corresponde con los trabajos de implementación de la instrumentación geotécnica. El resto del periodo hasta los cinco (5) años se corresponde con servicios de mantenimiento de la instalación.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que el proyecto responde a su objeto, que incluye los documentos indicados en el artículo 11 del Reglamento del Sector Ferroviario (RD 2387/2004, de 30 de diciembre), artículo 233 de la Ley 9/2017, de noviembre, de Contratos del Sector Público y en los artículos 126-132 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD 1098/2001, de 12 de octubre), y que recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata, por lo que proceden a informar favorablemente.
Este órgano es competente para la aprobación de determinados proyectos constructivos de infraestructuras ferroviarias de competencia de la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Gobierno Vasco, por delegación de dicho órgano mediante Resolución de 16 de marzo de 2020 del Director de Infraestructuras del Transporte.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Aprobar el «Proyecto constructivo para la implantación de auscultación intensiva en el túnel de Markarte entre los PKs 10+915 a 11+100 de la Línea Bilbao-Donostia de la red de Euskal Trenbide Sarea», que pretende medir diversos parámetros que permitan establecer claramente el comportamiento real del terreno, con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de ciento cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta euros con seis céntimos (157.840,06) y con un plazo estimado para las obras es de seis (6) semanas y el resto del periodo hasta los cinco (5) años se corresponde con servicios de mantenimiento de la instalación.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Vicenconsejero de Infraestructuras y Transportes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público, para general conocimiento.
En Bilbao, a 31 de octubre de 2024.
El Director General de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea,
ANTONIO LÓPEZ PALENZUELA.
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