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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, jueves 14 de noviembre de 2024


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Cursos de formación y perfeccionamiento

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5191

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento de selección para acceso al Curso de la especialidad de intervención para funcionarios y funcionarias de carrera de la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento de selección para acceso al Curso de la especialidad de intervención para funcionarios y funcionarias de carrera de la categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 178 de 12 de septiembre de 2024, se procede a su corrección:

En la Base decimotercera, en la página 2024/4225 (12/50),

donde dice:

«1.– Durante el procedimiento selectivo, considerado en su conjunto, se podrá someter a quienes participen en el mismo a cuantas pruebas médicas sean precisas en orden a comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicos mencionado en la Base Segunda 1.e) de esta resolución.»

debe decir:

«1.– Durante el procedimiento selectivo, considerado en su conjunto, se podrá someter a quienes participen en el mismo a cuantas pruebas médicas sean precisas en orden a comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicos mencionado en la Base Segunda 1.d) de esta resolución.»


Análisis documental