
N.º 217, jueves 7 de noviembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
5078
DECRETO 316/2024, de 29 de octubre, de modificación de los Decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal laboral del Departamento de Educación.
Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las Relaciones de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones, en concreto, mediante el Decreto 78/2009 de 21 de abril, el Decreto 216/2010 de 27 de julio, el Decreto 153/2014 de 22 de julio, el Decreto 167/2011 de 19 de julio, el Decreto 113/2018 de 24 de julio, Decreto 93/2020 de 21 de julio, Decreto 187/2021 de 27 de julio y Decreto 92/2022 de 26 de julio en lo referente a puestos de personal laboral del Departamento de Educación.
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.
Esta modificación incluye la creación de 2 puestos de cocinero/a y la modificación de centros de destino y/o jornada a 4 dotaciones de cocinero/a. Todos ellos son puestos de personal laboral del Convenio Colectivo para el «Personal laboral del Departamento de Educación».
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de octubre de 2024,
DISPONGO:
Artículo único.– Aprobar las modificaciones a las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal laboral del Departamento de Educación, que se contienen en el anexo al presente Decreto, aprobados mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.
Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2024.
El Lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.
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