
N.º 206, martes 22 de octubre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
4835
RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la modificación de la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio 2024.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 15 de octubre de 2024, ha aprobado la modificación de la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio 2024. De conformidad con lo dispuesto en el apartado n) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, según la redacción dada por el Decreto 98/2022, de 30 de agosto, de segunda modificación de los mismos, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Proceder a la publicación de la modificación de la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio 2024, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 15 de octubre de 2024, recogida como Anexo a esta Resolución.
Segundo.– Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercero.– Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 2024.
El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
FRANCISCO PEDRAZA MORENO.
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE APOYO A LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS PARA EL EJERCICIO 2024
Mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión del 23 de abril de 2024, se aprobó la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio 2024. Dicha convocatoria fue publicada en el BOPV de fecha 6 de mayo de 2024, mediante Resolución del Director General de este organismo autónomo de fecha 24 de abril de 2024.
Las ayudas reguladas en la citada convocatoria se conceden a personas promotoras de proyectos empresariales, a través de cuatro líneas subvencionales:
a) Ayudas a las personas potencialmente emprendedoras para su dedicación en exclusiva a la generación, análisis y estructuración de una idea empresarial en el marco de proyectos locales de emprendizaje (ayudas al desarrollo de una idea empresarial).
b) Ayudas dirigidas a impulsar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales por parte de las personas emprendedoras que cuenten con una idea definida de negocio, en el marco de proyectos locales de emprendizaje (ayudas a la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales).
c) Ayudas a las personas que inician una actividad empresarial y requieren un apoyo económico para el establecimiento de la misma (ayudas al establecimiento del proyecto).
d) Ayudas a las personas que han iniciado una actividad empresarial, para la consolidación de la misma (ayudas a la consolidación de una actividad empresarial).
Asimismo, son objeto de esta convocatoria las ayudas destinadas a la cobertura de la actividad de selección y acompañamiento y/o tutorización de las personas emprendedoras beneficiarias de las ayudas a que se refieren los apartados a) y b), a desarrollar por las entidades locales colaboradoras previstas en el artículo 3 de la convocatoria.
Según se establece en el artículo 3 de la convocatoria, las entidades colaboradoras tendrán hasta el 31 de octubre de 2024 desde el día siguiente a la notificación del convenio, para iniciar las actuaciones de acompañamiento y/o tutorización a las personas emprendedoras en el caso de las ayudas a la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales.
Teniendo en cuenta lo anterior, el retraso en el dictado de la resolución ha colocado a algunas de las entidades beneficiarias en una posición delicada, en la que resulta muy difícil o imposible el cumplimiento del plazo establecido para iniciar las actuaciones de acompañamiento y/o tutorización a las personas emprendedoras en el caso de las ayudas a la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales.
Por ello, resulta preciso modificar la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2024, de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras, ampliando el plazo para el inicio de las actuaciones de acompañamiento y/o tutorización a las personas emprendedoras en el caso de las ayudas a la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales, haciendo posible, de ese modo, llevar a cabo las gestiones que se requieren.
De este modo, a propuesta del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, el Consejo de Administración de este organismo autónomo, en su sesión del 15 de octubre de 2024, ha aprobado modificar la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio 2024, en los siguientes términos:
Artículo único.– Se modifica el segundo párrafo del apartado 12 del artículo 3 de la citada convocatoria, que queda redactado del siguiente modo:
«Las entidades colaboradoras tendrán hasta el 11 de noviembre de 2024 desde el día siguiente a la notificación del convenio, para iniciar las actuaciones de acompañamiento y/o tutorización a las personas emprendedoras en el caso de las ayudas a la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales.»
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