
N.º 185, lunes 23 de septiembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4377
ORDEN de 9 de septiembre de 2024, de la Consejera de Educación, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Secundaria «Global School», en el municipio de Leioa (Bizkaia), por segregación del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Gaztelueta», sito en el mismo municipio, así como la modificación de la autorización de este.
Examinado el expediente iniciado por «Asociación Docente Cultural y Formativa del Colegio Gaztelueta» en solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de un Centro Privado de Educación Secundaria, por segregación de enseñanzas del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Gaztelueta» de Leioa (Bizkaia), del cual dicha entidad es titular, y de modificación de la autorización de este.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vista la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia,
RESUELVO:
Primero.– Autorizar, a partir del curso académico 2024-2025, la apertura y funcionamiento del centro docente que se detalla a continuación, por segregación de enseñanzas del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Gaztelueta» (códigos de centro 014768 y 48005691):
Códigos de centro: 015941 (CAPV) y 48019857 (universal).
Denominación genérica: Centro privado de Educación Secundaria (CPES).
Denominación específica: «Global School».
Titular: «Asociación Docente Cultural y Formativa del Colegio Gaztelueta».
Domicilio: Barrio Artatza, 87.
Municipio: Leioa.
Territorio Histórico: Bizkaia.
Enseñanzas autorizadas:
– Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 30 puestos escolares.
– Bachillerato: Modalidades de «Ciencias y Tecnología» y «Humanidades y Ciencias Sociales», 6 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 35 puestos escolares.
Segundo.– Autorizar, como resultado de dicha segregación y de la supresión de las enseñanzas de Formación Profesional, la modificación de la autorización concedida al Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Gaztelueta» que, a partir del 1 de septiembre de 2024, quedará inscrito en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación con los siguientes datos registrales:
Códigos de centro: 014768 (CAPV) y 48005691 (universal).
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria (CPEIP).
Denominación específica: «Gaztelueta».
Titular: «Asociación Docente Cultural y Formativa del Colegio Gaztelueta».
Domicilio: Barrio Artaza, 87.
Municipio: Leioa.
Territorio Histórico: Bizkaia.
Composición resultante:
– Educación Infantil, primer ciclo, 9 unidades:
• 2 unidades para niñas y niños de 0 a 1 años con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares.
• 3 unidades para niñas y niños de 1 a 2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.
• 4 unidades para niñas y niños de 2 a 3 años, con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.
– Educación Infantil, segundo ciclo: 9 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 25 puestos escolares.
– Educación Primaria: 18 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 25 puestos escolares.
– Educación Especial: 3 aulas abiertas.
Tercero.– De conformidad con lo establecido en el artículo trece de Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los centros no podrán utilizar, para identificarse, denominaciones distintas de las que figuren en sus correspondientes inscripciones registrales.
Cuarto.– La entidad titular de los centros queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado y demás legislación vigente aplicable, así como a solicitar la oportuna revisión de la autorización concedida cuando deba modificarse cualquiera sus datos registrales. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.
Asimismo, los centros deben cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde a la entidad titular de dichos centros.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
El otorgamiento de las autorizaciones contenidas en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de septiembre de 2024.
La Consejera de Educación,
MARÍA BEGOÑA PEDROSA LOBATO.
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