
N.º 147, lunes 29 de julio de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA
3688
RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2024, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado, a los alumnos de los cursos números 856 a 866.
HECHOS
Primero.– Se han organizado los cursos que se relacionan a continuación:
– Curso n.º 856, impartido por IES Fraisoro Eskola: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 857, impartido por IES Fraisoro Eskola: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 858, impartido por IES Fraisoro Eskola: cursos a alumnado de Gestión Forestal, de Producción agropecuaria, y de Jardinería y floristería, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 859, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 860, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 861, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 862, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 863, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 864, impartido por Fundación Hazi Fundazioa: curso de renovación de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 865, impartido por CIFP Derio Nekazaritza Eskola LHII: cursos a alumnado de Paisajismo, de Gestión Forestal, de Jardinería y floristería, y de Producción agroecológica, de nivel cualificado, que dan derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 866, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C; y cursos realizados en otras CCAA de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que dan derecho a la obtención del carné tipo B.
Los once cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C, respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación, y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 17.1.b) del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel básico, del curso 856, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel cualificado, del curso 857, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel cualificado, del curso 858, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.
4.– De nivel básico, del curso 859, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.
5.– De nivel básico, del curso 860, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.
6.– De nivel cualificado, del curso 861, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VI a la presente Resolución.
7.– De nivel básico, del curso 862, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VII a la presente Resolución.
8.– De nivel cualificado, del curso 863, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VIII a la presente Resolución.
9.– De nivel básico, del curso 864, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IX a la presente Resolución.
10.– De nivel cualificado, del curso 865, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo X a la presente Resolución.
11.– De nivel cualificado y nivel básico, del curso 866, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo XI a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de julio de 2024.
El Director de Agricultura y Ganadería,
JORGE GARBISU BUESA.
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