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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 101, viernes 24 de mayo de 2024


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
2504

RESOLUCIÓN 330/2024, de 14 de mayo, de la Directora Gerente de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Adjunto/a de Enfermería en la Red de Salud Mental de Gipuzkoa, de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Encontrándose prevista la situación de vacante del puesto de Adjunto/a de Enfermería en la Red de Salud Mental de Gipuzkoa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes

BASES

1.– Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser personal fijo (estatutario, funcionario o laboral) en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional el grupo profesional B1.

b) Hallarse en posesión de la titulación de del grupo profesional B1 (Diplomados sanitarios), especialidad en Salud Mental.

c) Experiencia profesional mínima de 4 años en el grupo profesional B1 como enfermería especialista en Salud Mental.

d) Perfil lingüístico 2 y fecha de preceptividad 20-11-2023.

e) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.

2.– Méritos a considerar.

– Experiencia/participación y/o formación en organización, en modelos de gestión incluyendo herramientas de calidad, gestión de competencias, formación, orientación al usuario...

– Experiencia y/o formación en Enfermería Basada en la Evidencia e Investigación, Gestión de los cuidados.

– Experiencia y/o formación en Metodología y Taxonomías enfermeras.

– Conocimiento experto en el manejo de Osanaia, Osabide Global, E-osabide, Global Clinic, otros programas asistenciales vinculados a la historia digital.

– Experiencia en comunicación y difusión del conocimiento.

– Experiencia /formación en liderazgo de equipos y proyectos impulsados por la organización.

– Experiencia en atención y orientación al usuario en salud mental en el ámbito comunitario.

– Conocimientos de ofimática (Word, Excel, Access, PowerPoint) y de las aplicaciones informáticas corporativas relacionadas con el puesto).

– Presentación de Memoria Proyecto de Enfermería en Salud Mental para que pueda ser valorado por la Comisión.

Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.

3.– Conocimientos de Euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

4.– Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa (P.º Dr. Begiristain 115, Edif. Aranzazu, Hospital Universitario Donostia, 20014 San Sebastián) de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se deberá dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa (P.º Dr. Begiristain 115, Edif. Aranzazu, Hospital Universitario Donostia, 20014 San Sebastián).

La documentación deberá tener la siguiente forma:

– Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

– Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

– Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

– Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

– Memoria-Proyecto.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.

5.– Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión para la valoración de las solicitudes presentadas, que se notificará a las personas aspirantes.

La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a las personas aspirantes.

Efectuada la valoración de las aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que las aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán las aspirantes presentadas, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a una de ellas o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

6.– Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

7.– Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora Gerente de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha Resolución surtirá efectos desde la fecha de publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

8.– Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En San Sebastián, a 14 de mayo de 2024.

La Directora Gerente de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa,

ANDREA GABILONDO CUELLAR.


Análisis documental