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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 25, viernes 2 de febrero de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
574

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2024, del Director de Atención de Emergencias y Meteorología, por la que se acuerda someter a información pública del Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, los ciudadanos tienen derecho a participar en la elaboración de los planes de protección civil en los términos que legal o reglamentariamente se establezcan. Y de acuerdo al artículo 2 bis de la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias, modificada por Ley 5/2016, de 21 de abril, las personas residentes en la Comunidad Autónoma tienen derecho a participar en el proceso de elaboración de los planes de protección civil y emergencias que puedan afectarles directamente, a través de los correspondientes trámites de información pública y consulta y participación ciudadana.

La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología ha elaborado, en colaboración con otros entes y servicios administrativos, particularmente los Servicios de Montes de las Diputaciones Forales, el Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el cual debe someterse a un periodo de información pública por espacio de 20 días hábiles.

En consecuencia y de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

RESUELVO:

Primero.– Someter al trámite de información pública por un periodo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOPV el Proyecto del Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimen oportunas.

A efectos de cumplimentar lo previsto en el artículo anterior, el Plan de Emergencia se encontrará disponible en la sede de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, sita en el edificio La Torre de Portal de Foronda, 41 en Vitoria-Gasteiz y en el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi, sito en c/ Doctor Ornilla, 1 A de Bilbao. Asimismo, estará disponible en la sede electrónica del Gobierno Vasco.

Segundo.– Las alegaciones deberán dirigirse en igual plazo a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, sita en el edificio La Torre de Portal de Foronda, 41; 01010 Vitoria-Gasteiz, y serán presentadas en el Registro General del citado Departamento o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de enero de 2024.

El Director de Atención de Emergencias y Meteorología,

JOSEBA MIRENA ZORRILLA IBAÑEZ.


Análisis documental