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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 7, miércoles 10 de enero de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
104

ORDEN de 20 de diciembre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Fundación Escuelas Ventades» de Mungia (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Fundación Escuelas Ventades» de Mungia (Bizkaia), en solicitud de autorización para cambiar de uso una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil destinada para niñas y niños de 0 - 1 años por una unidad para niñas y niños de 2 - 3 años.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo); el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19 de noviembre), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Primero – Se autoriza el cambio de uso de una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil destinada a niñas y niños de 0 - 1 años por una unidad para niñas y niños de 2 - 3 años, a partir del curso escolar 2024-2025, al centro docente privado que se describe a continuación:

Códigos: 014777 (CAPV) y 48006279 (universal).

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica: «Fundación Escuelas Ventades».

Titular: Fundación Escuelas Ventades.

Domicilio: Bentades, 7.

Municipio: Mungia.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Autorización: Cambio de uso de una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil destinada a niñas y niños de 0 - 1 años por una unidad para niñas y niños de 2 - 3 años a partir del curso escolar 2024-2025.

Composición resultante:

– Educación Infantil 1.º ciclo: 6 unidades con la siguiente capacidad:

• Una unidad para niñas y niños de 1 a 2 años, con capacidad para 8 puestos escolares.

• Dos unidades para niñas y niños de 1 a 2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.

• Tres unidades para niñas y niños de 2 a 3 años, con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.

– Educación Infantil 2.º ciclo: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.

– Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

– Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares.

– Educación Especial: 2 aulas abiertas.

Segundo.– La entidad titular del centro queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado y demás legislación vigente aplicable, así como a solicitar la oportuna modificación de la autorización, a través de su representante legal, cuando deban hacerse cambios en cualquiera de los datos registrales del centro. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Tercero.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos o de convocatorias de subvenciones.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental