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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, lunes 4 de diciembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
5414

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2023, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de rehabilitación y refuerzo de los túneles de Iraeta y Arroa».

En marzo de 2023 la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea firman un convenio de colaboración que tiene por objeto establecer las condiciones en las que se comprometen a colaborar en la ejecución de una vía ciclista-peatonal en la plataforma ferroviaria del antiguo ferrocarril del Urola (Zestoa) incluyendo en dicha vía los túneles de Iraeta y Arroa.

El Plan Territorial de Vías Ciclistas de Gipuzkoa, aprobado definitivamente por Norma Foral 2/2013, de 10 de junio, de las Juntas Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y modificado por la Norma Foral 6/2014, de 30 de junio, prevé expresamente que el diseño del trazado de los itinerarios y ramales de las vías ciclistas aproveche, en la medida de lo posible, las infraestructuras existentes que pudieran estar actualmente infrautilizadas, para de este modo minimizar el impacto generado por las nuevas infraestructuras sobre el territorio (consumo de suelo, pérdida de biodiversidad...). Concretamente, prevé la reutilización de plataformas ferroviarias actualmente en desuso.

Para ello es preciso que el Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea ponga a disposición de la Diputación Foral la plataforma y los terrenos del tramo de vía ferroviaria en desuso para la ejecución de la obra del acondicionamiento como vía ciclista-peatonal de la plataforma ferroviaria de la línea del Urola en Zestoa, quedando afectada a uso de vía ciclista y peatonal, si bien los suelos seguirán adscritos al Ente Público Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, correspondiendo su titularidad a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que el Ente Público de Derecho Privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea y la Diputación Foral de Gipuzkoa se comprometen a colaborar en la ejecución de una vía ciclista-peatonal en la plataforma ferroviaria del antiguo ferrocarril del Urola (Zestoa) incluyendo en dicha vía los túneles de Iraeta y Arroa.

Se distinguen las siguientes actuaciones diferenciadas:

1.– El tramo de la plataforma ferroviaria del antiguo ferrocarril del Urola (Zestoa) túneles de Iraeta y Arroa excluidos, cuyo acondicionamiento será realizado por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

2.– Los túneles de Iraeta y Arroa de cuyo acondicionamiento se encargará directamente el Ente Público de Derecho Privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, para su posterior cesión de uso a la Diputación Foral de Gipuzkoa.

3.– Tanto el tramo de la plataforma ferroviaria antedicho como los túneles de Iraeta y Arroa, serán objeto de cesión de uso a la Diputación Foral de Gipuzkoa a través de concesión administrativa gratuita, conforme Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi para servir al uso efectivo de vía ciclista-peatonal.

Así, el presente proyecto constructivo tiene como objeto definir las obras para la rehabilitación y acondicionamiento de los túneles de Iraeta y Arroa teniendo en cuenta los requisitos de diseño estructural de un túnel ferroviario, y será la Diputación Foral de Gipuzkoa quien acondicionará en su caso los mismos a posteriori para su uso como vía ciclista y peatonal.

Los túneles de Iraeta y Arroa pertenecen a la antigua línea ferroviaria de Zumarraga a Zumaia de la traza del ferrocarril del Urola, situándose ambos de ellos en el término municipal de Zestoa y en la actualidad no se encuentran acondicionados para el tráfico ferroviario.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende tres millones trescientos un mil quinientos setenta euros con ochenta y un céntimos (3.301.570,81 euros), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de cuatro millones setecientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y un euros con ochenta y dos céntimos (4.753.931,82 euros), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de tres millones novecientos treinta y dos mil ciento setenta y dos euros con siete céntimos (3.932.172,07 euros).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de once (11) meses.

Los Servicios Técnicos de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2 b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el «Proyecto de rehabilitación y refuerzo de los túneles de Iraeta y Arroa» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de cuatro millones setecientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y un euros con ochenta y dos céntimos (4.753.931,82 euros), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de once (11) meses.

Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de noviembre de 2023.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental