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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, martes 21 de noviembre de 2023


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Nombramientos, situaciones e incidencias

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5219

RESOLUCIÓN 1922/2023, de 3 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se publica el cumplimiento de la sentencia 481/2022, de 2 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación a un puesto de la categoría Oficial Conductor (OPE 2011).

Vista la sentencia judicial 481/2022, de 2 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y examinado el expediente administrativo a que el mandato judicial se refiere en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– Mediante la Resolución 1282/2011, de 15 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 142, de 27 de julio de 2011).

Mediante la Resolución 17/2012, de 9 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor) del Grupo Profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud (BOPV n.º 18, de 26 de enero de 2012).

Mediante la Resolución 417/2015, de 18 de diciembre, se procede a hacer pública en la página web la relación de destinos vacantes del proceso selectivo convocado por Osakidetza-Servicio vasco de salud en el año 2011, de la categoría de Oficial (puestos funcionales de Oficial Conductor) del grupo profesional de Técnicos Auxiliares Profesionales con destino en las organizaciones de servicios sanitarios que se determinan.

Mediante la Resolución 49/2016, de 19 enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se procede a la publicación de la relación definitiva de aspirantes seleccionados y la adjudicación de destinos en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor). Dña. María José Fagoaga Vergara está incluida en al Anexo I de esta Resolución como adjudicataria del destino de C. Servicios Generales, OSI Bilbao-Basurto, Administración con fecha de preceptividad de 01-06-2005 del perfil lingüístico 2.

Mediante la Resolución 50/2016, de 19 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procede a la publicación del nombramiento como personal estatutario fijo de los adjudicatarios incluidos en el Anexo I en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor) con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. (BOPV n.º 23, de 4 de febrero de 2016). Dña. María José Fagoaga Vergara está incluida en al Anexo I de esta Resolución como adjudicataria del destino de C. Servicios Generales, OSI Bilbao-Basurto, Administración con fecha de preceptividad de 01-06-2005 del Perfil Lingüístico 2.

Mediante la Resolución 33/2018, de 18 de abril, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza se da cumplimiento a los pronunciamientos judiciales del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (sentencias 382/2017, 451/2017 y 582/2017). Esta Resolución anula, entre otras, las Resoluciones 49/2016 y 50/2016, de 19 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante la Resolución 34/2018, de 18 de abril, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza se adoptan medidas cautelares en el contexto de la ejecución de los pronunciamientos judiciales del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (sentencias 382/2017, 451/2017 y 582/2017). Esta Resolución adopta la medida cautelar de mantener las adjudicaciones y nombramientos de personal estatutario fijo en la categoría de Oficial Conductor (OPE 2011) que se aprobaron por, entre otras, las Resoluciones 49/2016 y 50/2016, de 19 de enero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante la Resolución 433/2019, de 21 de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se procede a la publicación de la relación definitiva de aspirantes seleccionados y la adjudicación de destinos de la fase resultas en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor) como consecuencia de la ejecución de sentencia de varios pronunciamientos judiciales. Dña. María José Fagoaga Vergara está incluida en al Anexo II de esta Resolución que contiene el listado de aspirantes que tienen opción a destino.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud de 23 de julio de 2019 se desestima el recurso de alzada interpuesto por Dña. María José Fagoaga Vergara contra la Resolución 433/2019, de 21 de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante la Resolución 527/2019, de 1 de julio, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se levantan las medidas provisionales en el contexto de la ejecución de los pronunciamientos judiciales del tribunal superior de Justicia del País Vasco que afectan a la categoría de Oficial Conductor (OPE 2011).

Mediante la Resolución 562/2019, de 1 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procede a la publicación del nombramiento, como personal estatutario fijo, de los adjudicatarios incluidos en el Anexo I, de la Resolución 1231/2018, de 23 de noviembre, Resolución 37/2019, de 14 de enero (modificada por Resolución 503/2019, de 17 de junio) y Resolución 433/2019, de 27 de mayo (modificada por Resolución 503/2019, de 17 de junio), en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor). Dña. María José Fagoaga Vergara no figura en esta Resolución.

Mediante la Resolución 1200/2019, de 16 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se declara la pérdida de la condición de personal estatutario fijo de Dña. María José Fagoaga Vergara en la categoría de Oficial Conductor, como consecuencia de las actuaciones de ejecución de sentencia que afectaron al procedimiento selectivo de Oficial Conductor (OPE 2011).

Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud de 19 de diciembre de 2019 se desestima el recurso de alzada interpuesto por Dña. María José Fagoaga Vergara contra la Resolución 562/2019, de 1 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud y contra la Resolución 1200/2019, de 16 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.– Dña. María José Fagoaga Vergara presenta recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud de 19 de diciembre de 2019 que desestima el recurso de alzada contra la Resolución 562/2019, de 1 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud y contra la Resolución 1200/2019, de 16 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Tercero.– La sentencia 351/2021, de 26 de marzo, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vitoria-Gasteiz estima el recurso de Dña. María José Fagoaga Vergara, declarando el derecho de la recurrente a recuperar su condición de estatutaria fija, anulando las resoluciones recurridas en la medida que le afecten, y reconociéndole una indemnización por importe de la retribución básica, el complemento de destino de grado personal que le corresponda y el 50 % el complemento específico que proceda por un mes, esto último solo en caso no haber percibido durante ese mes ninguna retribución o subsidio alguno.

La sentencia 481/2022, de 2 de noviembre, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestima el recurso de apelación interpuesto por Osakidetza contra la sentencia citada en el párrafo anterior y la confirma.

Cuarto.– Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2 de noviembre de 2022, procede realizar actuaciones en la convocatoria de la categoría de Oficial Conductor de la Oferta Pública de Empleo 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde a la Directora General de Osakidetza, la ejecución del fallo judicial, en virtud de las atribuciones que le confieren la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.– En los Juzgados y Tribunales del orden de lo contencioso-administrativo reside la potestad de hacer ejecutar lo juzgado y en las partes del proceso la obligación de acatar sus sentencias y resoluciones, dando cumplimiento a las mismas en la forma y términos que en estas se consignen, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 103.1 y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2 de noviembre de 2022, procede reconocer a Dña. María José Fagoaga Vergara el derecho a recuperar su condición de personal estatutario fija, anular las Resoluciones que recurre en la medida que le afecten y reconocerle una indemnización por importe de la retribución básica y el complemento de destino del grado personal que le corresponda. Asimismo, procede adjudicar a Dña. María José Fagoaga Vergara un destino de Conductor Servicios Generales en la OSI Bilbao-Basurto, Administración con fecha de preceptividad del perfil lingüístico 2 vencida, por el turno libre en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor).

Tercero.– A la institución de conservación de los actos administrativos (artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), han de acogerse cuantas otras actuaciones administrativas han concurrido en la tramitación del procedimiento de acceso ajenas a las que aquí se modifican y en los precisos términos en que se llevan a cabo.

Por todo lo expuesto

RESUELVO:

Primero.– Disponer el cumplimiento del pronunciamiento judicial del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2 de noviembre de 2022, en relación a Dña. María José Fagoaga Vergara, en el contexto de la categoría Oficial (puestos funcionales de Conductor) de la Oferta Pública de Empleo del año 2011.

Segundo.– Sustanciar la ejecución del fallo judicial en base a las siguientes actuaciones:

1.– Reconocer a Dña. María José Fagoaga Vergara el derecho a recuperar su condición de personal estatutario fija.

2.– Anular el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud de 19 de diciembre de 2019 que desestima el recurso de alzada interpuesto por Dña. María José Fagoaga Vergara contra la Resolución 562/2019, de 1 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud y contra la Resolución 1200/2019, de 16 de septiembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, anulándolas en la medida que le afecten.

3.– Adjudicar un destino de Conductor Servicios Generales en la OSI Bilbao-Basurto, Administración con fecha de preceptividad del perfil lingüístico 2 vencida, por el turno libre en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor), a Dña. María José Fagoaga Vergara.

4.– Proceder a expedir nombramiento de personal estatutario fijo en la categoría de Oficial (puestos funcionales de Conductor), a favor de Dña. María José Fagoaga Vergara, indicando que dispondrá del plazo de un mes para la toma de posesión del destino adjudicado en la sede de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial del País Vasco.

5.– Reconocer a Dña. María José Fagoaga Vergara una indemnización por importe de la retribución básica y el complemento de destino del grado personal que le corresponda.

Tercero.– Disponer la conservación de cuantos otros actos y trámites no resultan afectados por lo dispuesto en la presente Resolución.

Cuarto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV, y su comunicación al Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.

Quinto.– Compete al citado Juzgado conocer de cuanta cuestión pueda plantearse en trámites de ejecución de la sentencia, conforme a lo que disponen los artículos 103.1 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2023.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.


Análisis documental