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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, jueves 9 de noviembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
5050

ORDEN de 20 de octubre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Nazaret Fundazioa.

El 8 de junio de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Nazaret Fundazio, acordada por el patronato de la fundación el 23 de febrero de 2023, y elevada a escritura pública que se otorgó en Donostia / San Sebastián el 2 de mayo de 2023 ante el notario D. Enrique García-Jalón de la Lama (número de protocolo: 838). Asimismo, también se modifica el destino del patrimonio sobrante en caso de liquidación de la fundación e introduce un nuevo artículo referido al presidente o presidenta de honor y patronos honoríficos. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Mediante la referida documentación se modifican los estatutos de la fundación en lo referente a:

– Artículo 36 (Liquidación y destino del patrimonio sobrante): se establece que los bienes y derechos resultantes de las operaciones de liquidación de la fundación se destinarán íntegramente a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que dadas sus competencias es garante del cumplimiento de los fines fundacionales.

En la redacción anterior estos debían ser entregados a la Compañía de Jesús para ser destinados en su integridad a la realización de actividades de interés general.

– Artículo 39 (Presidente o presidenta de honor y patronos honoríficos): por el que se introducen los cargos mencionados en reconocimiento a las labores realizadas en beneficios de la fundación.

Dichos cargos no serán retribuidos, no implicarán la asunción de la condición de patrono, ni atribuirá facultad de representación legal de la fundación.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Nazaret Fundazioa, referida al destino del patrimonio sobrante en caso de liquidación de la fundación. Adicionalmente, introduce un nuevo artículo que posibilita designar presidente o presidenta de honor y patronos honoríficos, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante el notario D. Enrique García-Jalón de la Lama el 2 de mayo de 2023 (número de protocolo: 838).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2023.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental