
N.º 157, viernes 18 de agosto de 2023
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3981
RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2023, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en el instituto Vasco de Administración Pública.
Estando próximamente vacante el puesto de Secretario General de este Instituto, código 511946, dotación 1, en la Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública, de conformidad con la competencia atribuida en la normativa vigente y previo informe favorable de la Dirección de Función Pública, este Órganismo Autónomo acuerda anunciar la provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.– Podrá tomar parte en la presente convocatoria, el personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el anexo de la presente Resolución.
Segunda.– Solicitudes.
Las personas aspirantes dirigirán sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales y destino actual, a la Dirección del Instituto Vasco de Administración Pública, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercera.– Requisitos y méritos.
A la solicitud de participación se adjuntará un «curriculum vitae» en el que constarán, además de los datos personales y el grupo, subgrupo o cuerpo al que pertenece:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como, en su caso, en la empresa privada.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cuantos otros méritos estime el aspirante oportunos manifestar.
A la citada solicitud las personas aspirantes deberán acompañar la documentación justificativa de los requisitos exigidos y de los méritos alegados, salvo que estos ya consten en el Registro de Personal. Asimismo, podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, cuantas publicaciones, informes o cualesquiera otros documentos estimen oportunos.
Los requisitos exigidos deberán cumplirse en la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y su cumplimiento deberá mantenerse hasta la toma de posesión de los puestos adjudicados. Aquellos participantes que no mantengan el cumplimiento de los requisitos de participación, no podrán tomar posesión en el puesto adjudicado.
Cuarta.– Resolución.
La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberá ser publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
Podrá declararse desierta la convocatoria cuando ninguno de los candidatos reúna méritos suficientes para ocupar el puesto convocado.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de agosto de 2023.
La Directora del Instituto Vasco de Administración Pública,
MAITE BARRUETABEÑA ZENEKORTA.
ANEXO
Puesto de trabajo convocado: Secretario/a General.
Código: 511946.
Dotación: 1.
Cuerpos: A.
Nivel de complemento de destino: 29.
Complemento específico: 0-A.
Localización: Dirección del IVAP. Lakua.
Localidad: Vitoria-Gasteiz.
Perfil lingüístico: 4.
Fecha de preceptividad: 31-1-1996.
Requisitos para su provisión:
Ser funcionario de carrera perteneciente al grupo A de cualquier Administración Pública y hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia para el cuidado de hijos. Así mismo, podrán concurrir, reingresando al servicio activo a través de estos procedimientos, quienes se encuentren em situación de excedencia forzosa, en servicio en otras Administraciones públicas y los suspensos y excedentes voluntarios siempre que se hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones.
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