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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 143, viernes 28 de julio de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
3689

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2023, de la Viceconsejera de Justicia, por la que se convoca la concesión del premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria para el ejercicio 2023.

El Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, por el que se crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria.

La finalidad del Premio «Francisco Javier Gomez Elosegui» es reconocer públicamente y premiar a aquellas personas o colectivos que, con su trayectoria personal o profesional, presenten méritos extraordinarios en materia de la defensa de los derechos humanos y las tareas de reinserción y resocialización en el ámbito penitenciario, así como fomentar la investigación multidisciplinar penitenciaria.

La denominación del Premio se realiza en recuerdo de D. Francisco Javier Gomez Elosegui, psicólogo de instituciones penitenciarias que destacó en su vida profesional en su empeño por la humanización de las prisiones y la reinserción y el respeto escrupuloso de los derechos humanos de todas las personas reclusas y que fue asesinado por ETA el 11 de marzo de 1997.

La concesión del presente premio se contempla en la Orden de 20 de enero de 2023 de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para el año 2023.

Por todo lo cual,

RESUELVO:

Primero.– Es objeto de la presente Orden la convocatoria para el ejercicio 2023 de la concesión del Premio «Francisco Javier Gomez Elosegui» para reconocer públicamente la actuación destacada en materia de la defensa de los derechos humanos y de las tareas de reinserción y resocialización en el ámbito penitenciario, previsto en el Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, por el que se crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui» al trabajo y la investigación en materia penitenciaria.

Segundo.– El Premio consistirá en una distinción honorífica, un reconocimiento público y una cantidad dineraria, que se abonará en un único abono, tras la concesión del Premio. La dotación del Premio es de 10.000 euros. Si el jurado concediera el Premio «ex aequo» a varias candidaturas el importe se prorrateará proporcionalmente entre ellas.

Tercero.– Las candidaturas podrán ser presentadas por las personas y entidades a las que se refiere el Decreto 68/2023, de 16 de mayo de 2023, por el que se crea y regula el premio «Francisco Javier Gómez Elosegui», y deberán dirigirse a la Dirección de Justicia del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, por cualquiera de los medios especificados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas jurídicas interesadas en presentar candidaturas, deberán consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos. Las personas físicas interesadas en presentar candidaturas, podrán emplear el canal presencial o electrónico. La utilización de cualquiera de estos canales, no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.

La candidatura se cumplimentará en el impreso normalizado, conforme al modelo que se recoge en el anexo a la presente Resolución, y que estará disponible en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Las especificaciones sobre cómo presentar las candidaturas, están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus:

https://www.euskadi.eus/servicios/1223601

https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1223601

Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de http://www.euskadi.eus/mi-carpeta

Cuarto.– El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Quinto.– La composición del Jurado es la siguiente:

a) Presidencia: la persona titular de Viceconsejería competente en materia de ejecución de la legislación penitenciaria.

b) Vocalías:

– D. José Luis de la Cuesta Arzamendi. Catedrático de Derecho Penal y Director del Instituto Vasco de Criminología de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU)

– Dña. Vicenta Alonso, Directora del Centro Penitenciario de Bizkaia.

– Dña. Ruth Alonso Cardona, Magistrada Juez de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao.

– D. Jon Mirena Landa Gorostiza, Catedrático de Derecho Penal y Director de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos y Poderes Públicos de la Universidad del País Vasco (UPV/EHU)

c) Secretaría: el Director de Justicia, con voz pero sin voto.

Sexto.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2023.

La Viceconsejera de Justicia,

ANA AGUIRRE ZURUTUZA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental