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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 124, viernes 30 de junio de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3155

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las ayudas para la cosecha en verde de viñedos de la DOCA Rioja ubicados en el Territorio Histórico de Álava.

Con fecha 21 de abril de 2023 se ha publicado la Orden de 18 de abril de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas para la cosecha en verde de viñedos de la DOCA Rioja ubicados en el Territorio Histórico de Álava, de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En dicha Orden se especifican los lugares de presentación de solicitudes, forma de destrucción o eliminación de los racimos de uva y los importes máximos auxiliables.

Vistas las solicitudes presentadas, y aplicados los criterios de prioridad y demás requisitos establecidos en la Orden de 18 de abril de 2023, mediante la presente Resolución se procede a determinar las personas beneficiarias, importes y superficies de estas ayudas. En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la ayuda a las parcelas a la cosecha en verde para las parcelas seleccionadas, por los importes y superficies especificadas en el anexo.

Segundo.– De conformidad con lo establecido en las Bases 9 y 10 de la Orden de 18 de abril de 2023, con el fin de que puedan efectuarse los controles oportunos, los beneficiarios comunicarán a la Diputación Foral de Álava la fecha de ejecución de la cosecha en verde, pudiendo considerarse dicha comunicación como solicitud de pago de la ayuda. La ejecución de la cosecha en verde por parte del beneficiario deberá estar finalizada antes del 16 de julio de 2023.

Tercero.– La persona beneficiaria dispondrá de un plazo para la presentación de renuncia de operaciones aprobadas, de 10 días desde la fecha de notificación de la presente Resolución.

Cuarto.– La ayuda se pagará una vez que se haya comprobado sobre el terreno que se ha ejecutado correctamente la operación.

Si la persona viticultora no ejecuta la operación en la superficie total para la que se aprobó la ayuda, se tendrá en cuenta la diferencia entre la superficie aprobada y la superficie realmente ejecutada determinada por los controles sobre el terreno. Si esta diferencia no supera el 20 %, la ayuda se calculará sobre la base de la superficie determinada por los controles sobre el terreno. Si la diferencia es superior al 20 %, pero igual o inferior al 50 %, se calculará sobre la base de la superficie determinada por los controles sobre el terreno y reducida en el doble del porcentaje de la diferencia comprobada. El beneficiario no tendrá derecho a la ayuda en caso de que esta diferencia de superficie supere el 50 %.

En ningún caso podrá entenderse como ejecutada la cosecha en verde en la superficie de las parcelas en las que esta no ha sido efectuada en la parcela completa, habiéndose eliminado todos los racimos de dicha parcela.

No se pagará la ayuda en el caso de pérdida total o parcial de la producción antes de la fecha de cosecha en verde como consecuencia de un desastre natural.

A efectos del cumplimiento del párrafo anterior, se considerará que ha existido un desastre natural cuando por condiciones meteorológicas como las heladas, el granizo, las lluvias o la sequía se destruya más del 30 % de la producción, calculada como la media anual de un agricultor determinado durante el trienio precedente o de una media trienal basada en los cinco años anteriores que excluya la cifra más elevada y la cifra más baja.

Quinto.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2023.

El Director de Agricultura y Ganadería,

JORGE GARBISU BUESA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental