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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 113, jueves 15 de junio de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2835

ORDEN de 1 de junio de 2023, del Consejero de Educación, por la que se autoriza la ampliación de especialidades de música al Conservatorio Profesional de Música «Irun» del municipio de Irun (Gipuzkoa).

Examinada la solicitud presentada por el Conservatorio Profesional de Música «Irún» de Irún (Gipuzkoa), de autorización para la ampliación de especialidades.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas, el Decreto 229/2007, de 11 de diciembre, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y el acceso a dichas enseñanzas.

Vista la legislación vigente y considerando que se cumplen todos los requisitos exigidos reglamentariamente,

RESUELVO:

Primero.– Se autoriza la ampliación de especialidad de Guitarra eléctrica a partir del curso escolar 2023-2024, al Conservatorio Profesional de Música que se describe a continuación:

N.º de código: 012933 (CAPV) y 20008611 (universal).

Denominación genérica: Conservatorio Profesional de Música.

Denominación específica: «Irún».

Titular: Ayuntamiento de Irún.

Domicilio: Mendivil, 17 Villa M. Luisa-AP.41.

Municipio: Irún.

Territorio histórico: Gipuzkoa.

Se impartirán en este centro las siguientes enseñanzas:

Piano, Violín, Viola, Violoncello, Contrabajo, Flauta travesera, Fagot, Oboe, Clarinete, Trompa, Trompeta, Fliscornio, Flauta, Acordeón, Saxofón, Trombón, Tuba, Guitarra, Guitarra eléctrica, Percusión y Txistu.

Segundo.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica del profesorado. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Tercero.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

Cuarto.– El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de junio de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental