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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 109, viernes 9 de junio de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
2739

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2023, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo de colector próximo al túnel de San Miguel en Zumaia».

Mediante Resolución de fecha 12 de mayo de 2023 se aprobó el «Proyecto constructivo de colector próximo al túnel de San Miguel en Zumaia».

Actualmente, la línea Bilbao-Donostia de Euskotren en el PK 79+400, a su salida del túnel, discurre encajada entre dos taludes pronunciados que recogen la aportación de agua de las inmediaciones facilitando la acumulación de una gran cantidad de agua en la zona.

Adicionalmente, el talud izquierdo, recibe erosión teniendo los problemas de desprendimientos ya comentados.

Existe, por parte de ETS, el objetivo de mejorar la situación de la plataforma de vías en las cercanías del túnel de San Miguel en Zumaia.

Actualmente, la línea de ferrocarril Bilbao-Donostia de Euskotren discurre en su trazado junto al desprendimiento de un talud situado en el margen izquierdo de la vía.

En la salida del túnel de San Miguel, al paso de la línea ferroviaria Bilbao-Donostia por Zumaia en su PK 79+387, se ubican las actuaciones del presente proyecto. Estas se resumen en:

– Diseño de un colector de pluviales.

– Estabilización de un talud próximo.

La reposición del colector de pluviales se realizará debido a que el existente tiene una capacidad insuficiente para el desagüe de las lluvias recibidas en la plataforma ferroviaria dejándola anegada cuando existen precipitaciones abundantes. En esta reposición se tendrá en cuenta el aumento de la sección de la obra de drenaje, aumentando así su capacidad de desagüe y adaptándolo a la nueva cota de salida debido a las obras de renovación de vía que se realizará en los próximos meses.

El trazado consta de unos 85 m de longitud que se realizará mediante excavación en zanja entibada discurriendo, en su mayoría, bajo un camino asfaltado existente. El resto del trazado afecta en su embocadura e inicio a zonas donde hay presencia de matorrales y pradera.

Se prevé también la reparación del talud ubicado junto a la plataforma ferroviaria en el margen izquierdo de la salida del túnel de San Miguel dirección Donostia debido a la existencia de un desprendimiento. Para ello, se considera oportuno aplicar una medida de contención de los desprendimientos.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2.c) del Decreto 11/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario modificada por la Ley 26/2022, de 19 de diciembre, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las preexistentes que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo de colector próximo al túnel de San Miguel en Zumaia» al objeto de que, durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 y concordantes de la Ley 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes (calle Donostia-San Sebastián, 1 – Lakua 1, 01010 Vitoria-Gasteiz).

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zumaia.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de mayo de 2023.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental