Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 104, viernes 2 de junio de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
2593

ORDEN de 29 de mayo de 2023, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, por la que se procede al cese y nombramiento de las personas suplentes que integran la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

El Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la Formación Profesional para el Empleo en Euskadi, estableció un nuevo modelo de gestión integrando en un único sistema el conjunto de las actuaciones de Formación Profesional para el Empleo que se desarrollan en nuestro territorio. El artículo 10 de dicho Decreto crea la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, como órgano de asesoramiento de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, estando esta adscrita a ese organismo autónomo.

Por Orden de 30 de julio de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, se regula la composición y el régimen de funcionamiento de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas.

El artículo 4 de dicha Orden dispone, que la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas estará integrada por 10 miembros en representación de la Administración, por 5 miembros en representación de las organizaciones empresariales más representativas y por 5 miembros en representación de las organizaciones sindicales, en proporción a su representatividad.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, de la Orden de 30 de julio de 2019, la duración del mandato de las personas integrantes de dicha Comisión será de 4 años, pudiendo ser reelegidas al término de su mandato. No obstante, el apartado 3 de dicho artículo, dispone que el mandato de las y los miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas podrá expirar antes de la finalización del período de duración de su cargo en los casos en que hubiese habido una revocación o cese acordado por el órgano competente para el nombramiento, bien a iniciativa propia o previa petición razonada de la Administración, organización empresarial u organización sindical que propuso el nombramiento, o cuando hubiese acontecido la pérdida de la condición en virtud de la cual fue nombrada la persona integrante, en aquellas personas que hubieran sido nombradas integrantes de la Comisión por razón de su cargo.

Mediante Orden de 27 de diciembre de 2019, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, publicada en el BOPV n.º 21 de 31 de enero de 2020, se procedió al nombramiento inicial de las personas integrantes de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, conforme a lo determinado en la Orden reguladora de la misma.

Como consecuencia del inicio de la XII Legislatura, mediante Orden de 24 de febrero de 2021, de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, se procedió a realizar, nuevamente, el cese y nombramiento de diversos integrantes de la mencionada comisión.

Con posterioridad, se ha producido el cese de varias de las personas designadas por parte de las Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi de modo que se hace necesario proceder a efectuar nuevamente los ceses y nombramientos correspondientes.

Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO:

Primero.– Cesar a los siguientes miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas:

– Dña. Iratxe Moreno Yarritu, designada como suplente por el Departamento de Trabajo y Empleo en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– Dña. Miren Ortega Etcheverry, designada como suplente por el Departamento de Trabajo y Empleo en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– Dña. Edurne Barañano Etxebarria, designada como suplente por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Segundo.– Nombrar en su lugar, por el tiempo que resta para cumplimentar su mandato como miembros de la Comisión Asesora para la prospección y detección de necesidades formativas, a las siguientes personas:

– Dña. Edurne Barañano Etxebarria, Responsable del Servicio de Empleo e Inclusión del Departamento de Trabajo y Empleo, como suplente en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– D. Jesús Alfredo Ispizua Zuazua, Responsable de la Asesoría Jurídica de la Dirección de Economía Social del Departamento de Trabajo y Empleo como suplente en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– D. Jesus M.ª Ordoñez Orzaiz, Responsable del Servicio de Inserción Laboral de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo como suplente en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL.– La presente Orden surtirá efectos desde su aprobación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de mayo de 2023.

La Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo,

IDOIA MENDIA CUEVA.


Análisis documental