Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 15 de mayo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
2250

ORDEN de 17 de abril de 2023, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

La Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprobó la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza (BOPV n.º 250, de 31 de diciembre), ha sido modificada en numerosas ocasiones para la adecuación de los puestos de trabajo, a los diferentes cambios de estructura.

Las Ordenes de 12 de marzo de 2015 (BOPV n.º 54, de 20 de marzo) y 6 de noviembre de 2015 (BOPV n.º 218, de 16 de noviembre), ambas de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza, supusieron la consolidación de la estructura de la Ertzaintza, conforme a las directrices marcadas en el Plan estratégico Horizonte-2016.

Posteriormente las Ordenes de 30 de marzo de 2017 (BOPV n.º 69, de 7 de abril), de 26 de diciembre de 2017 (BOPV n.º 2, de 3 de enero de 2018), de 7 de marzo de 2018 (BOPV n.º 53, de 15 de marzo), de 11 de octubre de 2018 (BOPV n.º 202, de 19 de octubre), de 18 de febrero de 2019 (BOPV n.º 39, de 25 de febrero), de 20 de diciembre de 2019 (BOPV n.º 4, de 8 de enero de 2020), de 4 de febrero de 2020 (BOPV n.º 27, de 10 de febrero), de 16 de marzo de 2021 (BOPV n.º 75, de 19 de abril), de 18 de noviembre de 2021 (BOPV n.º 239, de 1 de diciembre) y de 13 de mayo de 2022, (BOPV n.º 101, de 26 de mayo de 2022) han introducido algunos cambios para readecuar la estructura de puestos a las demandas que han ido surgiendo.

Teniendo en cuenta que las Relaciones de Puestos de Trabajo son una herramienta dinámica al servicio de las organizaciones y en cumplimiento de los compromisos adquiridos en el segundo Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2018-2022 la presente Orden introduce las siguientes modificaciones:

Se modifican los requisitos para acceder a determinados puestos de trabajo. En el caso del puesto de Portavoz, se modifica el nivel de conocimiento de inglés al objeto de adecuarlo a las tareas correspondientes; se incorpora el requisito de especialidad a los puestos de Jefe/a de Centro adscritos a la Unidad Brigada Móvil y a las Comisarías de las tres Capitales, reservados a la Categoría de Subcomisario/Subcomisaria; finalmente, se establece la exigencia de la habilitación precisa para el cumplimiento de las funciones que la Orden de estructura de la Ertzaintza atribuye a la Jefatura de Planificación Operativa y Protección de Infraestructuras, con el consiguiente cambio de la denominación del puesto de trabajo afectado.

A consecuencia de la exigencia del requisito de especialidad en los puestos denominados Jefe/a de Centro de las Comisarías de las tres Capitales, se amortizarán algunas dotaciones creando correlativamente los nuevos puestos de trabajo.

Se prevé el cambio de localidad de ciertos puestos de trabajo adscritos a la Comisaría de Urola Kosta y a la Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa, si bien se concretarán las dotaciones afectadas, y tendrá efectos con los procedimientos de provisión definitiva de puestos de trabajo convocados mediante Resoluciones de 5 de diciembre de 2022, del Viceconsejero de Seguridad y la Viceconsejera de Administración y Servicios, conforme a los criterios de preferencia que se han establecido.

Por último, se procede a asignar nuevas de fechas de preceptividad y a la actualización de perfiles lingüísticos, en cumplimiento con los compromisos adquiridos en el segundo Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2018-2022; asi como a señalar nuevas de fechas de preceptividad, que se incorporarán al tercer Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2023-2027.

RESUELVO:

Artículo 1.– Se suprimen las dotaciones de los puestos de trabajo que se relaciona en el Anexo I.

Artículo 2.– Se crean los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.– Se aprueban las modificaciones a la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza que se contemplan en el Anexo III.

Artículo 4.– Se modifica el perfil lingüístico de los puestos de trabajo y se asigna fecha de preceptividad al cumplimiento del perfil lingüístico de las dotaciones que se relacionan en el Anexo IV.

Artículo 5.– Se publica nueva relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza completa, conforme al Anexo V.

Artículo 6.– El ámbito de actuación de los puestos de trabajo adscritos a la Jefatura de Apoyo Táctico y a la Jefatura Central de Seguridad Institucional se extiende a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 7.– El personal que sea adscrito con carácter definitivo a los puestos de trabajo 40928 y 40929 en los procedimiento de provisión convocados por las Resoluciones de 5 de diciembre de 2022, del Viceconsejero de Seguridad y de la Viceconsejera de Administración y Servicios, podrá permanecer adscrito en el mismo régimen a dichos puestos de trabajo hasta la acreditación del Certificado de Calificación de Radiofonista ante la Dirección de Recursos Humanos en el plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de efectos de dichos procedimientos de provisión de puestos de trabajo.

Artículo 8.– Los efectos del cambio de localidad de los puestos de trabajo adscritos a la Comisaría de Urola Kosta y a la Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa a que se refiere esta Orden, coincidirán con la fecha de efectos de los procedimientos de provisión definitiva convocados por las Resoluciones de 5 de diciembre de 2022, del Viceconsejero de Seguridad y de la Viceconsejera de Administración y Servicios, y se reflejarán en la Orden por la que se apruebe la modificación de puestos de trabajo una vez sean concretadas las dotaciones afectadas por el cambio de localidad.

Para la determinación de las dotaciones que hayan de cambiar de localidad de destino, a falta de personal voluntario, en primer lugar se atenderá a la menor antigüedad en el puesto o, en su defecto, la menor puntuación en el orden de prelación obtenido en el procedimiento de provisión del puesto suprimido. De existir más voluntarios que puestos de trabajo afectados por el cambio de localidad, se atenderá a la mayor antigüedad en el puesto o, en su defecto, la mayor puntuación en el orden de prelación obtenido en el procedimiento de provisión del puesto suprimido.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, la cual pone fin a la vía administrativa, podrá, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, salvo lo previsto en el artículo 8.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2023.

El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental