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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, jueves 30 de marzo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1559

ORDEN de 13 de marzo de 2023, del Consejero de Educación, por la que se autoriza el desdoblamiento del Centro Privado de Educación Secundaria «San Luis» de Bilbao (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad «Centro San Luis S.L.», titular del Centro Privado de Educación Secundaria «San Luis» de Bilbao, en solicitud de autorización para desdoblar el centro en dos centros, con objeto de que en uno de ellos se impartan únicamente enseñanzas de Formación Profesional y en el otro el resto de las enseñanzas que tiene autorizadas.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; la Orden de 14 de marzo de 2017 (BOPV de 5 de abril), de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales y de la Consejera de Educación, por la que se establece el procedimiento para la autorización de centros integrados de formación profesional, de titularidad privada, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, procedentes de transformación, fusión o desdoblamiento de centros ya existentes, así como la modificación y extinción de tal autorización, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Primero.– Se modifica la autorización del centro docente que se describe a continuación:

N.º de códigos: 014696 (CAV) y 48002638 (universal).

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San Luis».

Titular: Centro San Luis S.L.

Domicilio: Licenciado Poza, 31 / Ercilla, 42.

Municipio: Bilbao.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Autorización:

– Supresión de 4 unidades Bachillerato.

– Supresión Educación Reglada para Personas Adultas: 3 grupos.

– Supresión del Ciclo Formativo de Grado Superior «Comercio Internacional».

– Supresión del Ciclo Formativo de Grado Superior «Educación Infantil».

– Supresión de 1 Ciclo Formativo de Grado Superior «Desarrollo de Aplicaciones Web».

1.– Composición resultante:

– Formación Profesional:

•Familia Administración y Gestión:

○ Ciclo Formativo de Grado Básico «Servicios Administrativos»: 1 ciclo.

○ Ciclo Formativo de Grado Medio «Gestión Administrativa»: 1 ciclo.

○ Ciclo Formativo de Grado Superior «Administración y Finanzas»: 2 ciclos.

• Familia Comercio y Marketing:

○ Ciclo Formativo de Grado Medio «Actividades Comerciales»: 1 ciclo.

○ Ciclo Formativo de Grado Superior «Marketing y Publicidad»: 1 ciclo.

• Familia Informática y Comunicaciones:

○ Ciclo Formativo de Medio «Sistemas Microinformáticos y Redes»: 1 ciclo.

○ Ciclo Formativo de Grado Superior «Administración de Sistemas Informáticos en Red»: 1 ciclo.

○ Ciclo Formativo de Grado Superior «Desarrollo de Aplicaciones Web»: 1 ciclo.

• Servicios Socioculturales y a la Comunidad:

○ Ciclo Formativo de Grado Superior «Integración Social»: 1 ciclo.

2.– Se autoriza el cambio de denominación específica del Centro Privado de Educación Secundaria «San Luis», que pasará a denominarse «San Luis Lanbide Heziketa».

Segundo.– Se autoriza, por segregación del centro descrito en el artículo anterior, el funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación:

N.º de código:015932 (CAV) y 48019821 (universal).

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San Luis Batxilergoa».

Titular: Centro San Luis S.L.

Domicilio: Licenciado Poza, 31.

Municipio: Bilbao.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Enseñanzas autorizadas:

– Bachillerato: Modalidades de «General» y «Humanidades y Ciencias Sociales». Capacidad: 4 unidades para 140 puestos escolares.

Tercero.– Los centros quedan obligados al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las enseñanzas autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Cuarto.– Los centros deberán cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

Quinto – El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá efectos a partir del curso escolar 2023-2024.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica la obligatoriedad de concesión de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de marzo de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental