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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 22, miércoles 1 de febrero de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
530

DECRETO 4/2023, de 17 de enero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de rehabilitación y ampliación del paso inferior en el PK 38,370 y generación de un carril adicional en la AP-8 desde el PK 38,600 hasta el 38,200 en sentido Bilbao-Behobia (2-OF-14/2022), en Zarautz.

La Diputación Foral de Gipuzkoa, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de rehabilitación y ampliación del paso inferior en el PK 38,370 y generación de un carril adicional en la AP-8 desde el PK 38,600 hasta el 38,200 en sentido Bilbao-Behobia (2-OF-14/2022)», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Mediante Orden Foral de la diputada foral del Departamento de Infraestructuras Viarias, de fecha 2 de mayo de 2022, se resolvió iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 92, de 17 de mayo de 2022, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 7 de septiembre de 2022, la Diputación Foral de Gipuzkoa acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado tres alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Tras observar que las vigas de borde del lado sur del paso inferior de Itsasmendi (paso localizado en el PK 38,370 de la AP-8) están en un estado deficiente ha surgido la necesidad de reparar la estructura del paso.

Cerca de este punto (en el sentido Bilbao-Behobia) se abocina la calzada de la AP-8 para abrirse a las distintas vías de cobro del peaje de Zarautz.

Actualmente, en momentos de alta intensidad de tráfico, en este peaje se generan retenciones en el sentido Bilbao-Behobia.

Además, con la actual configuración de vías y cabinas, algunos vehículos pesados, al posicionarse como es habitual en el lado derecho, se ven orientados hacia las cabinas de salida a Zarautz, por lo que efectúan maniobras de rectificación, lo que genera indecisiones, frenazos y trayectorias transversales; en suma, situaciones de peligro y pérdida de capacidad del sistema de peaje.

Para resolver estos problemas, se decide acompañar la reparación del paso inferior con la creación de un carril adicional en la AP-8 que amplíe su capacidad de la salida hacia Zarautz, y la del conjunto del peaje. La necesidad de actuar por motivos de seguridad en una estructura sobre la que circulan cada día 33.195 vehículos (IMD año 2021) abre la oportunidad para mejorar un punto crítico.

La puesta en servicio de la ampliación prevista en el proyecto reducirá la accidentalidad y aumentará la seguridad de una vía que da servicio a un elevado número de usuarios nacionales e internacionales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de enero de 2023,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de rehabilitación y ampliación del paso inferior en el PK 38,370 y generación de un carril adicional en la AP-8 desde el PK 38,600 hasta el 38,200 en sentido Bilbao-Behobia (2-OF-14/2022)».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de enero de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental