Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 8, jueves 12 de enero de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
170

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el Exp. (20/2022/222) – Acta de infracción n.º I202022000039026.

Visto el expediente de sanción incoado a la empresa Excavaciones Ipar Lur, S.L.U., con CIF B75079491 y domicilio en (20018) Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa), Calle Portuetxe 00037, Piso 3 Puerta 8, en virtud del acta de infracción n.º I202022000039026, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, con fecha 11 de julio de 2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– Mediante resolución del Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, de fecha 27 de septiembre de 2022 se impuso a la empresa Excavaciones Ipar Lur, S.L.U., una sanción por importe de cuarenta y nueve mil ciento ochenta y un (49.181) euros, por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores».

En virtud de lo establecido en el artículo 14.6 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, la cuantía de la infracción se redujo a la cantidad de 29.508,60 euros.

Segundo.– Dicha resolución no fue recurrida, confirmándose la resolución impuesta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La competencia para conocer del expediente le viene atribuida al Director de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo (BOPV de 29 de enero de 2021), Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012).

Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas

RESUELVE:

Primero.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican:

– Razón social: Excavaciones Ipar Lur, S.L.U.

– Sector de actividad a la que se dedica: Perforaciones y sondeos.

– Código de Identificación Fiscal: B75079491.

– Domicilio social: Calle Portuetxe 00037, Piso 3 Puerta 8, 20018 Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa).

– Infracción cometida: 13.10TRLISOS: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores».

– Cuantía de la sanción económica: Cuarenta y nueve mil ciento ochenta y un (49.181) euros, reducida a la cantidad de veintinueve mil quinientos ocho euros con sesenta céntimos (29.508,60) euros en virtud de lo establecido en el artículo 14.6 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

– Fecha del acta de infracción: 11 de julio de 2022.

– Fecha de la resolución sancionadora: 27 de septiembre de 2022.

– Fecha en la que la sanción adquirió firmeza: 27 de noviembre de 2022.

Segundo.– Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, anteriormente citado.

Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años contados desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la sanción en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2022.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.


Análisis documental