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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 248, jueves 29 de diciembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS
5734

RESOLUCIÓN 71/2022, de 1 de diciembre, de la Presidenta del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, por la que se convocan procesos excepcionales de consolidación de empleo por el sistema de concurso.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en su disposición adicional sexta establece los criterios que han de regir las convocatorias excepcionales de estabilización de empleo temporal de larga duración. Así, establece que se convocarán, con carácter excepcional, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016.

Mediante acuerdo del Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas de 3 de mayo se aprobó la oferta extraordinaria de empleo para 2022, ofertando las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal temporal con una relación de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016. Ello en virtud de las previsiones contenidas en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 y de las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 7/2021 de 11 de noviembre.

La Resolución 67/2022, de 30 de noviembre de la Presidenta del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, aprueba las bases generales que han de regir estos procesos excepcionales de consolidación de empleo en el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, las cuales establecen en la base cuarta que las peculiaridades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de las respectivas convocatorias, estableciendo el contenido necesario de las mismas.

Por la presente Resolución se aprueban las bases específicas del proceso excepcional de estabilización por concurso para la provisión en propiedad, en calidad de personal funcionario de carrera de 1 plaza de Letrado o Letrada, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2022, de carácter único y excepcional.

El proceso selectivo que se convoca mediante la presente Resolución, se regirá por lo previsto en la Resolución 67/2022 citada, que aprueba las bases generales que han de regir los procesos excepcionales de consolidación de empleo en el TVCP.

De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y en las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con lo dispuesto y en el capítulo IV del Titulo II de la Ley 6/1989 de 6 de julio de la Función Pública Vasca sobre selección de personal y en virtud de las atribuciones conferidas a esta Presidencia por la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas en su artículo 19.3.f.

RESUELVE:

Primero.– Convocar el proceso excepcional de consolidación de empleo mediante concurso, para la cobertura de 1 plaza de Letrado o letrada, Grupo A1.

El proceso selectivo que se convoca en esta Resolución, se regirá por lo previsto en la Resolución de Presidencia 67/2022, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos excepcionales de consolidación de empleo.

Segundo.– Aprobar las bases específicas que figuran como anexo.

Estableciendo como plazo para presentación de solicitudes, 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria.

Tercero.– Establecer que tanto los méritos alegados como los requisitos e incluso el conocimiento del euskera de los candidatos y candidatas, han de haberse producido con anterioridad a la fecha de la publicación de las presentes bases.

Cuarto.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución y en virtud de lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de la Ley 1/1988 del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, podrán las personas interesadas interponer recurso de súplica ante el Pleno del TVCP en el plazo de 1 mes, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la publicación de la presente Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de diciembre de 2022.

La Presidenta del TVCP,

ANA HELGUERA LÍBANO.

El Secretario General del TVCP,

JULIO ARTETXE BARKIN.

ANEXO
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA MEDIANTE CONCURSO, DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE ESTABILIZACIÓN, PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE LETRADO O LETRADA

1.– Plaza convocada.

Se convoca con carácter excepcional, por una sola vez y por el sistema de concurso, 1 plaza de letrado o letrada, Grupo A1, nivel de C.D. 27, perfil lingüístico de euskera 4.

Título universitario de Grado o Licenciatura en Derecho.

Conocimientos específicos según figura en la Relación de puestos de trabajo: legislación de contratos, legislación administrativa central y autonómica.

2.– Requisitos de participación.

Quienes aspiren a la plaza deben cumplir los requisitos establecidos en la base quinta de las bases generales de los procesos excepcionales de consolidación a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

3.– Requisitos específicos del puesto correspondiente a la plaza convocada.

– Titulación de acceso. Estar en posesión de título universitario de Grado o Licenciatura en Derecho.

4.– Proceso selectivo.

El sistema de selección será el de concurso, siendo la puntuación máxima alcanzable 100 puntos, excluida la valoración de euskera. La calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:

a) Experiencia general. Por experiencia general se entiende los servicios prestados desempeñando puestos de letrado o letrada, en cualquier Administración Pública, Organismo Constitucional o Estatutario. Esta experiencia se valorará a razón de 0,75 puntos por cada año de servicio, hasta un máximo de 15 (quince) puntos. El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 20 años y una vez finalizada la misma, se despreciará el resto relativo a la fracción inferior al mes. Todo ello en relación a lo dispuesto en la base novena b.1) de las bases generales de los procesos excepcionales de consolidación.

b) Experiencia específica. De manera específica diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados: en puestos de Letrado o Letrada, Grupo A1, al servicio del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Esta experiencia se valorará a razón de 2,25 puntos por cada año de servicio hasta un máximo de 45 (cuarenta y cinco) puntos. El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 20 años y una vez finalizada la misma, se despreciará el resto relativo a la fracción inferior al mes. Todo ello en relación a lo dispuesto en la base novena b.1) de las bases generales de los procesos excepcionales de consolidación.

c) Otros méritos.

Este apartado se valorará hasta un máximo de 40 (cuarenta) puntos.

c.1.– Procesos selectivos y bolsas de trabajo, máximo 20 (veinte) puntos.

– Por la superación de ejercicios en alguno de los procesos selectivos convocados por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, para el acceso a la condición de personal funcionario de carrera para cobertura de plazas de letrado o letrada. Se valorará con 20 (veinte) puntos.

– Por formar parte de las bolsas de trabajo para puestos de letrado o letrada en el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Se valorará con 15 (quince) puntos.

Se considerará la mejor opción entre las anteriores, no siendo acumulables.

c.2.– Formación 10 (diez) puntos.

– Titulación universitaria de Grado o Licenciatura distintas a la requerida para el puesto, 10 puntos.

– Master universitario o Doctorado, 10 puntos.

– Formación específica en las siguientes materias: control y auditoría en el sector público, contabilidad, contratación pública, licitación electrónica, administración digital, urbanismo, subvenciones públicas, auditoría de sistemas de información, gestión de políticas públicas y otras relacionadas con las funciones y tareas que se desempeñan en el puesto.

A razón de 0,10 puntos por cada hora de formación en esas materias, hasta un máximo de 10 puntos.

Se considerará la mejor opción entre las anteriores, no siendo acumulables.

c.3.– Desempeño de responsabilidades en el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas u otras Instituciones de Control externo, en puestos cuyas funciones de letrado - auditoría sean análogas a la de la plaza convocada máximo 10 puntos, a razón de:

– Nivel de complemento de destino 27 o superior 0,051 puntos por mes.

– Nivel de complemento de destino inferior al del puesto 0,025 puntos por mes.

d) Conocimientos de euskera. El conocimiento de euskera se valorará conforme al siguiente baremo:

– Perfil lingüístico 1: 6 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 9 puntos.

– Perfil lingüístico 3: 13 puntos.

– Perfil lingüístico 4: 18 puntos.

Todos los méritos deberán ser alegados en la solicitud/declaración responsable, dentro del plazo de presentación de la misma. Siendo la fecha límite para la obtención de los méritos la de publicación de la convocatoria. Así pues, con independencia del día de presentación de la solicitud/declaración responsable, los méritos se computarán exclusivamente hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

5.– Bolsa de trabajo.

Esta convocatoria no generará bolsa de trabajo.


Análisis documental