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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 240, lunes 19 de diciembre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
5431

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2022, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por la que se autoriza la línea eléctrica a 132 kV d/c, de entrada a ST Mondragón, de las líneas ST Abadiano-ST Azpeitia 2 y ST Ormaiztegi-ST Abadiano 1, en el término municipal de Mondragón. Referencia: AT-Y-2022-00057.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 26 de abril de 2022, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con domicilio en Bilbao, San Adrián, 48, solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública para el proyecto de ejecución de la reforma de la línea eléctrica a 132 kV d/c, de entrada a ST Mondragón, de las líneas ST Abadiano-ST Azpeitia 2 y ST Ormaiztegi-ST Abadiano 1, en el término municipal de Mondragón, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados.

2.– En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo (BOPV de 24-04-2020), y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000), en concordancia con lo establecido en la disposición final primera del mismo texto, el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957 y los artículos del 53 al 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días.

3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el anuncio, en el BOG y BOPV, de fecha 26 de septiembre de 2022; en la página web de internet www.euskadi.eus, en el apartado de Información Pública de Proyectos del apartado de Energía y Minas del Departamento Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente; y en los diarios «El Diario Vasco» y «Noticias de Gipuzkoa», de fecha 26 de septiembre de 2022; junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar.

4.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, con fecha 21 de septiembre de 2022, se remitió la separata correspondiente al Ayuntamiento de Mondragón, URA-Agencia Vasca del Agua y Telefónica de España, S.A. solicitándoles su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso; no habiendo contestado a la misma.

5.– Dentro del período de información pública, no se presentaron escritos de alegaciones al proyecto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 68/2021, de 23 de febrero (BOPV de 05-03-2021), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desorrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

2.– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa.

3.– El Decreto 48/2020, de 31 de marzo, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

4.– En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites procedimentales previstos tanto en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, como en la legislación citada.

5.– El proyecto cumple con las exigencias técnicas contenidas en las normativas de seguridad que le son de aplicación.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa

RESUELVE:

Primero.– Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea eléctrica a 132 kV d/c, de entrada a ST Mondragón, de las líneas ST Abadiano-ST Azpeitia 2 y ST Ormaiztegi-ST Abadiano 1, en el término municipal de Mondragón. El alcance de la actuación será el siguiente:

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Segundo.– Declarar en concreto la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se autorizan, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de urgente ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en servicio será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación y puesta en servicio.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 8 de noviembre de 2022.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,

AGUSTIN AROSTEGI ARTETXE.


Análisis documental